LEY, Nº 30697, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica el artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria-LEY-Nº 30697

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2017

LEY Nº 30697

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 84 DE LA

LEY 30220, LEY UNIVERSITARIA

Artículo único Modificación del cuarto párrafo del artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria

Modifícase el cuarto párrafo del artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria, en los siguientes términos:

Artículo 84. Período de evaluación para el nombramiento y cese de profesores ordinarios

[…]

La edad máxima para el ejercicio de la docencia en la universidad pública es setenta y cinco años, siendo esta la edad límite para el ejercicio de cualquier cargo administrativo y/o de gobierno de la universidad. Pasada esta edad solo podrán ejercer la docencia bajo la condición de docentes extraordinarios.

[…]

.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MAURICIO MULDER BEDOYA

Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente de la República

Mercedes Aráoz Fernández

Presidenta del Consejo de Ministros

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