RESOLUCION, Nº 084-2017-INAIGEM/PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Ratifican la creación de órganos desconcentrados correspondientes a las Macro Regiones Sur, Centro y Norte-RESOLUCION-Nº 084-2017-INAIGEM/PE
Emisor | ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS |
Fecha de la disposición | 16 de Diciembre de 2017 |
Huaraz, 28 de noviembre de 2017
VISTO:
El Acta de Instalación y el Acuerdo Nº 002-2017/CD/INAIGEM, adoptado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña – INAIGEM, en su sesión de fecha 27 de noviembre de 2017, con dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30286 se crea el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña – INAIGEM, como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y personería jurídica de derecho público, constituyéndose en pliego presupuestal;
Que, el Decreto Supremo Nº 004-2016-MINAM de fecha 09 de julio de 2016, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al logro de su misión, visión y objetivos; Reglamento dentro del cual se establece la creación de Oficinas Desconcentradas;
Que, mediante Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 111-2016-INAIGEM/PE y 047-2017-INAIGEM/PE de fechas 01 de diciembre de 2016 y 18 de agosto de 2017, respectivamente, se aprobó la creación de las Oficinas Desconcentradas del INAIGEM, correspondientes a la Macro Región Sur, con sede en Cusco, a la Macro Región Centro, con sede en Huancayo y a la Macro Región Norte, con sede en Cajamarca, así como la creación y funcionamiento de la Oficina de Coordinación Regional Temporal, en la ciudad del Cuzco, como Unidad Operativa No Estructurada;
Que, en las Resoluciones citadas en el considerando anterior se precisó que la aprobación de dichas Oficinas Desconcentradas, cuya función corresponde al Consejo Directivo del INAIGEM, se realizaban con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, una vez instalado el mismo, a efectos de la ratificación de su creación, y conforme a lo previsto en el Numeral 4º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que establece que las funciones de administración interna se ejercen en apoyo al cumplimiento de las funciones sustantivas y están referidas a la utilización eficiente de los medios y recursos...
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