DECRETO DE ALCALDIA, Nº 024-2017-ALC/MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales del distrito - San Isidro Recicla 2017-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 024-2017-ALC/MSI

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2017

San Isidro, 7 de diciembre de 2017

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTO: El Informe Nº 390-2017-1620-SMA-GS/MSI de la Subgerencia de Medio Ambiente y el Informe Nº 0734-2017-0400-GAJ/MSI; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme lo establece el artículo 195º de la Constitución Política del Estado;

Que, el numeral 22 del artículo de la Constitución Política del Perú, precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida,

Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que “Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país”;

Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el Capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud;

Que, a su vez, el subnumeral 2.1 del numeral 2 del artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el Capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de “Saneamiento ambiental, salubridad y salud”;

Que, asimismo, el subnumeral 3.1...

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