RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 668-2017-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Aprueban Calendario de Progresividad para la entrada en vigencia del Capítulo V: "De la gestión de las entradas", del Reglamento de la Ley Nº 30037, aprobado por D.S. Nº 007-2016-IN-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 668-2017-MINEDU

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición29 de Noviembre de 2017

Lima, 29 de noviembre de 2017

VISTOS, el Expediente 2017-0022140, que contiene el Oficio N° 520-2017-IPD/P del Presidente del Instituto Peruano del Deporte, el Informe N° 008-2017-IPD/OPP de la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte, el Informe N° 447-2017-IPD/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte, el Memorando N° 558-2017-IPD/DISEDE-01 de la Dirección de Seguridad Deportiva, y el Informe N° 669-2017-MINEDU/SG-OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, tiene por objeto prevenir y, en su caso, sancionar la violencia que se produzca con ocasión de los espectáculos deportivos, para cuyo efecto regula la conducta de los diversos actores que intervienen en el desarrollo de esta actividad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2016-IN, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30037, Ley que previene y sanciona la violencia en los Espectáculos Deportivos, cuyo artículo 2, dispuso que dicho Reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, con excepción de los artículos contenidos en el Capítulo: V “De la Gestión de las Entradas”, el cual entrará en vigencia a nivel nacional conforme al calendario de progresividad que se aprobará mediante Resolución Ministerial del Titular del Ministerio de Educación, a propuesta del Instituto Peruano del Deporte - IPD, teniendo como plazo máximo el 01 de enero de 2018;

Que, con Informe N° 008-2017-IPD/OPP la Oficina de Presupuesto y Planificación del IPD señala que las disposiciones contenidas en el Capítulo V “De la Gestión de las Entradas” son de simple implementación y de aplicación en todos los recintos deportivos a nivel nacional, de propiedad privada, gobiernos regionales y locales y del IPD; por lo que, su ejecución es visiblemente factible y no demanda recursos presupuestales a la entidad;

Que, con Memorándum N° 558-2017-IPD/DISEDE-01 la Dirección de Seguridad Deportiva del IPD sustenta la necesidad de aprobar el Calendario de Progresividad de la entrada en vigencia del Capítulo V: “De la Gestión de las Entradas”, señalando que el mismo permitirá que toda entidad pública y los organizadores de los espectáculos deportivos adopten las medidas o mecanismos de seguridad en los recintos deportivos;

Que, con Informe N° 447-2017-IPD/OAJ...

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