RESOLUCION, Nº 224-2017-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto por Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución Osinergmin Nº 198-2017-OS/CD-RESOLUCION-Nº 224-2017-OS/CD
Emisor | ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA |
Fecha de la disposición | 30 de Noviembre de 2017 |
Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto por Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución Osinergmin N° 198-2017-OS/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 224-2017-OS/CD
Lima, 27 de noviembre de 2017
CONSIDERANDO:
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ANTECEDENTES
Que, mediante la Resolución Osinergmin N° 198-2017-OS/CD, (en adelante “Resolución 198”), el Consejo Directivo de Osinergmin aprobó las Altas y Bajas de las instalaciones de distribución eléctrica del periodo comprendido entre el 01 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016 y metrados existentes al 30 de junio de 2016;
Que, con fecha 18 de octubre de 2017, la empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante “Luz del Sur”), mediante documento ingresado, según el Registro GRT N° 9477, presentó recurso de reconsideración contra la Resolución 198.
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EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN
Que, Luz del Sur solicita que Osinergmin modifique la Resolución 198, considerando los metrados de las instalaciones no eléctricas de sus sectores de distribución típicos 2 y 4;
2.1 Sustento del petitorio
Que, en el Informe N° 0478-2017-GRT, para el proceso de altas y bajas, respecto de las instalaciones no eléctricas, solo se consideró el sector típico 1, obviándose los correspondientes a sus sectores típicos 2 y 4, lo cual, según la empresa impugnante, se verifica del hecho que en el procesamiento de datos efectuado mediante el programa SQL Server solo se registran los datos que correspondan al sector típico 1. Asimismo, Luz del Sur indica que al verificar el procesamiento de datos de sus altas y bajas, observa que el programa SQL Server que procesa las inversiones no eléctricas, borra los registros que no son del sector típico 1 y que ello se debe a que en años anteriores Luz del Sur solo tenía un sistema eléctrico (Lima Sur) y en consecuencia un sector de típico, pero que actualmente tiene dos sistemas eléctricos adicionales, que son Cañete y Lunahuaná, a los que les corresponde los sectores típicos 2 y 4, respectivamente;
2.2...
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