LEY, Nº 30686, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que deroga parcialmente el artículo 1 del Decreto Legislativo 1242, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, y restituye la vigencia del artículo 87 del Decreto Legislativo 1149-LEY-Nº 30686

EmisorCONGRESO DE LA REPUBLICA
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2017

LEY Nº 30686

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DEROGA PARCIALMENTE

EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO

LEGISLATIVO 1242, DECRETO

LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 1149, LEY DE LA CARRERA

Y SITUACIÓN DEL PERSONAL DE LA

POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, Y

RESTITUYE LA VIGENCIA DEL

ARTÍCULO 87

DEL DECRETO.

LEGISLATIVO 1149

Artículo 1 Derogación parcial del artículo 1 del Decreto Legislativo 1242

Derógase el artículo 1 del Decreto Legislativo 1242, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, en el extremo que modifica el artículo 87 del Decreto Legislativo 1149.

Artículo 2 Restitución de la vigencia del artículo 87 del Decreto Legislativo 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú

Restitúyese la vigencia del artículo 87 del Decreto Legislativo 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, con sus modificatorias y derogatorias vigentes hasta la dación del Decreto Legislativo 1242, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú.

POR TANTO:

Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno del Congreso realizada el día cuatro de mayo de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.

LUIS GALARRETA VELARDE

Presidente del Congreso de la República

MAURICIO MULDER BEDOYA

Tercer Vicepresidente del

Congreso de la República

1591259-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR