DECRETO SUPREMO, Nº 112-2017-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 040-2016-PCM, respecto al reordenamiento de los ámbitos de intervención directa y de influencia del VRAEM-DECRETO SUPREMO-Nº 112-2017-PCM

EmisorPRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece que son deberes primordiales del Estado, entre otros, defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 074-2012-PCM, se declara de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacificación del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), para lo cual las entidades del Estado deberán desplegar sus esfuerzos encaminados a ese propósito. Asimismo, se crea la Comisión Multisectorial para la Pacificación y Desarrollo Económico Social en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (CODEVRAEM), con el objeto de proponer políticas, planes y estrategias de intervención integrales en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados a este proceso con la finalidad de lograr el desarrollo y la paz social en el VRAEM;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 040-2016-PCM, se reordenaron los ámbitos de intervención directa y de influencia del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro, para ser atendidos por los sectores como primera y segunda prioridad, respectivamente, de acuerdo a sus presupuestos institucionales, para la ejecución de las acciones, programas y proyectos que les competen en el marco de los compromisos asumidos en la estrategia de la intervención del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM);

Que, mediante la Ley N° 30445 se crea el distrito de Santiago de Tucuma, con su capital Santiago de Tucuma, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica;

Que, mediante la Ley N° 30455 se crea el distrito de Los Chankas, con su capital Río Blanco, en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac;

Que, mediante la Ley N° 30457 se crea el distrito de Oronccoy, con su capital Oronccoy, en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho;

Que, según el Informe Nº 000015-2017-DV-STCODEVRAEM del 07 de junio de 2017 del Secretario Técnico de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida...

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