RESOLUCION, Nº 0463-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran improcedente solicitud de reestablecimiento de la vigencia de credencial de alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali-RESOLUCION-Nº 0463-2017-JNE

Fecha de disposición07 Noviembre 2017
Fecha de publicación07 Noviembre 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

Expediente Nº J-2015-00050

CURIMANÁ - PADRE ABAD - UCAYALI

Lima, treinta de octubre de dos mil diecisiete

VISTOS la solicitud de restablecimiento de la vigencia de credencial de Loiber Rocha Pinedo, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, y el Oficio Nº 884-2017-P-CSJUC/PJ, del 14 de agosto de 2017, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, mediante el cual remite copias certificadas de la Resolución Número Doce, del 21 de junio de 2017, y de la Resolución Número Catorce, del 11 de mayo de 2017, que confirmaron los mandatos de prisión preventiva impuestos contra dicha autoridad edil, en el marco del proceso de suspensión seguido en su contra por la causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, esto es, por contar con un mandato de detención vigente.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante Resolución Nº 6, del 17 de diciembre de 2014, el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Campoverde dictó prisión preventiva contra el alcalde Loiber Rocha Pinedo, por el plazo de seis meses, en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión desleal agravada. Por tal motivo, a través de la Resolución Nº 0061-2015-JNE, emitida el 25 de febrero de 2015, se dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial que reconoce a Loiber Rocha Pinedo como alcalde del distrito de Curimaná.

  2. Posteriormente, por medio de la Resolución Nº 2, del 28 de abril de 2015, el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Campoverde declaró fundada la solicitud de cesación de la referida prisión preventiva y ordenó comparecencia con restricciones. Por este motivo, a través de la Resolución Nº 151-2015-JNE, del 25 de mayo de 2015, se dejó sin efecto las credenciales otorgadas a Delsy Vera Rojas y a Yazmín García Ortega, que las reconocían, de modo provisional, en el cargo de alcaldesa y regidora, respectivamente, y se restableció la credencial de Loiber Rocha Pinedo como alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná.

  3. Luego, a través de la Resolución Nº 11, del 23 de junio de 2015, la Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte superior de Justicia de Ucayali revocó la Resolución Nº 2 y, reformándola, declaró infundada la solicitud de cesación de prisión preventiva presentada por Loiber Rocha Pinedo y dispuso su captura. A raíz de esta decisión, por medio de la Resolución Nº 196-A-2015-JNE, del 20 de julio de 2015, nuevamente se dispuso dejar sin efecto, provisionalmente, la credencial que lo reconoce en el cargo de alcalde distrital de Curimaná, hasta que el órgano jurisdiccional competente resuelva su situación jurídica.

  4. Pese a ello...

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