RESOLUCION, Nº 0433-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo Municipal que declaró improcedente solicitud de vacancia de regidor y alcalde de la Municipalidad Distrital de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque-RESOLUCION-Nº 0433-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2017

Expediente Nº J-2016-01364-A02

MOTUPE - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Ángel Lazo Effio en contra del Acuerdo Municipal Nº 05-2017-MDM, del 14 de junio de 2017, que declaró improcedente la solicitud de vacancia contra Guillermo Heriberto Barreto Faya, regidor de la Municipalidad Distrital de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contra Carlos Humberto Falla Castillo, alcalde de la citada comuna, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, del mismo cuerpo normativo, y oídos los informes orales. Teniendo a la vista el Expediente Nº J-2016-01364-A01.

ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

El 22 de agosto de 2016 (fojas 279 a 288), Ángel Lazo Effio presentó ante la Municipalidad Distrital de Motupe una solicitud de vacancia contra Guillermo Heriberto Barreto Faya, regidor de la Municipalidad Distrital de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y contra Carlos Humberto Falla Castillo, alcalde de la citada comuna, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la LOM.

El solicitante sostiene lo siguiente:

a) Con respecto al regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya

Causal de nepotismo:

- El regidor es primo hermano de la trabajadora Antonia del Carmen Faya Navarro, contratada por la modalidad contractual de Contrato Administrativo de Servicios (en adelante, CAS), desde el mes de enero de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, como apoyo de la Subgerencia de Planificación de la Municipalidad Distrital de Motupe, siendo ambos parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad.

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b) Con respecto al alcalde Carlos Humberto Falla Castillo

Causal de restricciones de contratación

- Con fecha 29 de marzo de 2016, el solicitante Ángel Lazo Effio presentó, ante la Oficina de Trámite Documentario de la municipalidad, queja por exceso de personal, dando a conocer al alcalde sobre el caso de nepotismo del regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya, sin embargo, el 1 de abril de 2016, nuevamente el alcalde suscribió el CAS con la trabajadora Antonia del Carmen Faya Navarro por el periodo comprendido entre los meses de abril a junio de 2016, lo que constituye grave irregularidad en la contratación efectuada por el alcalde y denota que ha tenido interés e injerencia en esta contratación para favorecer al regidor, quien es de su mismo partido político (Partido Aprista Peruano), favoreciendo, además, a la prima del regidor, al impulsar este acto de nepotismo.

En calidad de medios probatorios, el solicitante de la vacancia presentó los siguientes documentos:

• Partida de nacimiento de Emilio Falla Espinoza (fojas 290).

• Acta de nacimiento de Emilio Faya Lazo. Padre: Emilio Faya Espinoza. Madre: Rosa Antonia Lazo Cumpa (fojas 291).

• Acta de nacimiento de Asunción Faya Lazo. Padre: Emilio Faya Espinoza. Madre: Antonia Lazo de Faya (fojas 292).

• Acta de nacimiento de Guillermo Heriberto Barreto Faya. Padre: Guillermo Barreto Cabrejos. Madre: Asunción Faya Lazo (fojas 293).

• Acta de nacimiento de Antonia del Carmen Faya Navarro. Padre: Emilio Faya Lazo. Madre: Candelaria Navarro Enríquez (fojas 294).

• Planilla de pago de dietas - noviembre 2015 (fojas 295).

• Declaración jurada de vida del candidato por el Partido Aprista Peruano (APRA), Carlos Humberto Falla Castillo, actual alcalde (fojas 296 a 299).

• Declaración jurada de vida del candidato por el APRA Guillermo Heriberto Barreto Faya, actual regidor (fojas 300 a 303).

• CAS, del 1 de enero de 2015 al 31 de marzo de 2015, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 304 a 307).

• CAS, del 1 de febrero de 2015 al 31 de marzo de 2015, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 308 a 311).

• CAS, del 1 de abril de 2015 al 30 de junio de 2015, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 312 a 315).

• CAS, del 1 de julio de 2015 al 30 de setiembre de 2015, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 316 a 319).

• CAS, del 1 de octubre de 2015 al 31 de diciembre de 2015, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 320 a 323).

• CAS, del 1 de abril de 2016 al 30 de junio de 2016, suscrito por el alcalde Carlos Humberto Falla Castillo con Antonia del Carmen Faya Navarro (fojas 324 a 327).

• Nueve boletas de pago desde abril a diciembre de 2015, por el monto de S/ 750.00 (fojas 328 a 336).

• Cuatro boletas de pago de febrero, marzo, mayo y junio 2016, por el monto de S/ 750.00 (fojas 337 a 340).

• Copia de planillas desde enero de 2015 - diciembre 2015 (fojas 341 a 354).

• Copia de planillas de febrero, marzo, mayo y junio de 2016 (fojas 355 a 362).

• Queja por exceso de personal presentada por Ángel Lazo Effio, en la que indica que se ha contratado a la prima-hermana del regidor, recibida por Trámite Documentario (fojas 363).

• Solicitud de copias fedateadas de todos los contratos, boletas de pago, planillas de los trabajadores, incluida Antonia del Carmen Faya Navarro, año 2015-2016 (fojas 364).

Descargo del alcalde Carlos Humberto Falla Castillo

Con escrito, del 16 de setiembre de 2016 (fojas 215 a 225), el burgomaestre formuló sus respectivos descargos, sobre la base de los siguientes argumentos:

a) El pedido de vacancia por presunto nepotismo se sustenta en argumentos totalmente disímiles propuestos por la Ley Nº 26771; en consecuencia, su pedido deviene en improcedente.

b) El ciudadano, con fecha 29 de marzo de 2016, presentó ante Mesa de Partes de la municipalidad una solicitud a la cual denominó “Queja por exceso de personal”, que si bien está dirigida al recurrente, fue atendida por la Gerencia Municipal, en atención al proveído de su despacho que se plasmó a través del Memorándum Nº 03-2016-ALC/MDM, del 30 de marzo de 2016, a efectos que se realicen las indagaciones pertinentes y proponga las acciones que deberían adoptarse en salvaguarda de la responsabilidad funcional e interés institucional.

c) Mediante Informe Nº 020-2016-MDM-GM/SCHS, del 14 de abril de 2016, el gerente municipal, con referencia a la trabajadora Antonia del Carmen Faya Navarro, hace de conocimiento que viene trabajando desde el año 2013, además señala que habiendo efectuado las indagaciones, aquella tiene grado de parentesco por consanguinidad con el regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya, recomendando que al haberse renovado el vínculo laboral por el periodo abril - junio, no se formalice nueva continuidad laboral.

d) Ante tal situación, dispuso se derive el Informe Nº 020-2016-MDM-GM/SCHS, a la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, siendo que dicha área, a través del Informe Legal Nº 017-2016-AL/MDM, del 20 de mayo de 2016, opina porque ya no se renueve la continuidad laboral de la mencionada trabajadora y que la Gerencia Municipal disponga por intermedio de la Jefatura de Personal se curse la carta de culminación de su relación laboral, en cumplimiento del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, a fin de evitar incurrir en nepotismo.

e) La trabajadora Antonia del Carmen Faya Navarro venía prestando servicios desde el año 2013, desconociendo el grado de familiaridad existente entre el regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya y aquella.

f) Con fecha 28 de marzo de 2016, en calidad de titular del pliego, firmó dicho contrato conjuntamente (paquete) con los contratos de los demás trabajadores CAS a quienes se le renovaba el vínculo laboral.

g) El solicitante no ha acreditado que ha sido influenciado por el regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya para la contratación de Antonia del Carmen Faya Navarro.

h) Se debe tener en cuenta que el pedido de vacancia por nepotismo se sustenta en la presunta injerencia en la contratación de personal, y no en la contratación de obras o servicios públicos municipales.

Como medios de prueba de su descargo, acompaña:

• Memorándum Nº 03-2016-ALC/MDM, del 30 de marzo de 2016, emitido por el alcalde, disponiendo que la Gerencia Municipal efectúe las indagaciones exhaustivas (fojas 228).

• Informe Nº 08-2016-MDM/PTO, del 5 de abril de 2016, emitido por el jefe de Presupuesto (fojas 229 a 240).

• Oficio Nº 004-2016-2016-MDM/GM, del 8 de abril de 2016, emitido por el gerente municipal (fojas 241 y 242).

• Informe Nº 020-2016-MDM-GM/SCHS, del 14 de abril de 2016, emitido por el gerente municipal (fojas 255 y 256).

• Memorándum Nº 04-2016-ALC/MDM, del 15 de abril de 2016, emitido por el alcalde (fojas 257).

• Informe Nº 020-2016-MDM-GM/SCHS, del 14 de abril de 2016, emitido por el gerente municipal (fojas 258 y 259).

• Informe Legal Nº 017-2016-AL/MDM, del 20 de mayo de 2016, emitido por Asesoría Legal (fojas 260).

• Memorándum Nº 05-2016-ALC/MDM, del 23 de mayo de 2016, emitido por el alcalde (fojas 261).

• Informe Nº 015-2016-MDM-GM-SCHS, del 28 de marzo de 2016, emitido por el gerente municipal, remitiendo contratos para firma (fojas 262).

Descargo del regidor Guillermo Heriberto Barreto Faya

Con escrito, del 22 de setiembre de 2016 (fojas 145 a 149), el regidor formuló sus respectivos descargos, sobre la base de los siguientes argumentos:

a) Es falso que haya tenido alguna participación o haya ejercido influencia alguna sobre el actual alcalde Carlos Humberto Falla Castillo o sobre el señor gerente municipal para que realice la contratación de la trabajadora Antonia del Carmen Faya Navarro, puesto...

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