RESOLUCION, Nº 0392-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Disponen devolver actuados al Concejo Distrital de Cuenca, a fin de que convoque a sesión extraordinaria de concejo y vuelva a emitir pronunciamiento respecto del pedido de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca, provincia y departamento de Huancavelica-RESOLUCION-Nº 0392-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2017

Expediente Nº J-2017-00018-A01

CUENCA - HUANCAVELICA - HUANCAVELICA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Haydee Martha Sánchez Enríquez en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2017-S.G./MDC-HVCA, de fecha 15 de mayo de 2017, que rechazó la solicitud de vacancia presentada contra Oscar Francisco Mendoza Asto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca, provincia y departamento de Huancavelica, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J-2017-00018-T01.

ANTECEDENTES

Respecto a la solicitud de declaratoria de vacancia

Con fecha 16 de enero de 2017 (fojas 1 a 23 del Expediente Nº J-2017-00018-T01), Haydee Martha Sánchez Enríquez solicita, ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, la vacancia de Oscar Francisco Mendoza Asto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca, provincia y departamento de Huancavelica, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), por tres hechos concretos, siendo los siguientes:

- Alquiler de cargador frontal y volquete de la Municipalidad Distrital de Cuenca, respecto del cual, entre otros, expresa los siguientes argumentos:

  1. Que la Municipalidad Distrital de Cuenca es propietaria de un cargador frontal de placa 938H, marca Caterpillar, y un volquete de placa de rodaje EGE-906, marca Iveco, además que el alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca trasladó dichas maquinarias a la ciudad de Huancayo con el único objetivo de alquilar a una empresa sin conocimiento y acuerdo del concejo municipal.

  2. El 25 de agosto de 2015, el citado alcalde informa y pone de conocimiento que había alquilado la maquinaria por diez meses a la empresa Costa del Este S. A.

  3. Que en el contrato de alquiler existen vacíos administrativos y legales, así también refiere que mediante constatación policial del 10 de setiembre de 2015 se observa que se ha retirado el logotipo de la Municipalidad Distrital de Cuenca, que se encontraba pegado en las puertas laterales de las citadas maquinarias.

  4. La señorita Karina Peña Matos, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Cuenca, declara que no ha recibido ningún ingreso económico por concepto de alquiler de maquinaria.

  5. Que, por los hechos expuestos, existe una investigación preliminar ante el Ministerio Público en contra del citado alcalde, por el delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso agravado por apropiación para sí.

  6. El alcalde se ha beneficiado económicamente por el alquiler del cargador frontal y el volquete, perjudicando a la municipalidad con el monto de S/ 169,000.

    - Alquiler de vehículo de placa de rodaje Nº F0B-691, respecto del cual, entre otros, expresa los siguientes argumentos:

  7. Que el alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca alquiló unilateralmente los servicios del vehículo de placa de rodaje Nº F0B-691, para que trabaje en dicha municipalidad, sin acuerdo de concejo.

  8. La señora Mariluz Carmen Huanay, jefa de abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Cuenca, declara que el vehículo de placa de rodaje Nº F0B-691 ha venido prestando servicios por orden expresa del alcalde.

  9. Que, por lo hechos expuestos, existe una investigación preliminar ante el Ministerio Público en contra del citado alcalde, por el delito contra la administración pública en la modalidad de negociación incompatible.

    - Contrato de servicios profesionales de Tobías Antonio Molina Vallejo como asesor externo de la Municipalidad Distrital de Cuenca, respecto del cual, entre otros, expresa los siguientes argumentos:

  10. Que en la investigación preliminar ante el Ministerio Público, que se sigue en contra del alcalde de la Municipalidad Distrital de Cuenca, por el delito contra la administración pública en la modalidad de exacción ilegal y falsedad ideológica, el citado alcalde, el día 25 de setiembre de 2015, presenta escrito de apersonamiento nombrando como su abogado a Tobías Antonio Molina Vallejo, así como el 26 de octubre de 2017, en la diligencia de declaración, consigna nuevamente a la referida persona.

  11. Tobías Antonio Molina Vallejo laboró como asesor externo de la Municipalidad Distrital de Cuenca.

  12. Se han transgredido las normas al contratar los servicios del citado abogado a efectos de patrocinar al referido alcalde en procesos penales de índole personal, dentro del horario de trabajo, quedando demostrado que el referido alcalde ha usado los servicios del citado asesor legal de la Municipalidad Distrital de Cuenca, para sus fines personales.

    A efectos de acreditar la causal invocada, la solicitante adjunta los siguientes medios probatorios:

  13. Copia simple del Acta de Sesión 05 MDC-2015, del 18 de marzo de 2015 (fojas 28 a 33 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  14. Copia simple del documento denominado “Sesión solemne y pronunciamiento de autoridades persona notables y pueblo en general”, del 16 de agosto de 2015 (fojas 34 a 36 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  15. Originales de dos solicitudes formuladas por Rodi Rafael Quispe, regidor de la Municipalidad Distrital de Cuenca (fojas 37 y 38 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  16. Copia simple del escrito de denuncia penal formulado por Rodi Rafael Quispe, regidor de la Municipalidad Distrital de Cuenca (fojas 39 a 45 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  17. Copia simple del contrato de alquiler de cargador frontal y volquete, del 15 de abril de 2015 (fojas 46 a 48 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  18. Copia simple de constatación policial, del 10 de setiembre de 2015 (fojas 49 y 50 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  19. Copia simple de fotografías (fojas 51 a 53 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  20. Copia simple de constatación policial, del 9 de noviembre de 2016 (fojas 54 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  21. Copia certificada del Acta de Constatación, de fecha 26 de noviembre de 2016 (fojas 55 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  22. Copia simple de la Disposición Nº 05-2016-MP-1°DI-FPCEDCDF-DF-HVCA, de fecha 3 de junio de 2016 (fojas 57 a 77 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  23. Copia simple de voucher de depósito ante el Banco de la Nación Nº 9151158 (fojas 78 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  24. Copia simple de la declaración jurada de Karina Peña Matos, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Cuenca, de fecha 20 de junio de 2016 (fojas 79 del Expediente Nº J-2017-00018-T01).

  25. Copia simple de acta de Sesión...

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