ORDENANZA, Nº 266-MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA - Establecen beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito-ORDENANZA-Nº 266-MDC

EmisorMUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2017

Establecen beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito

ORDENANZA Nº 266-MDC

Cieneguilla, 28 de setiembre de 2017.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CIENEGUILLA.

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CIENEGUILLA.

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, sobre deudas pendientes de pago y conforme a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA.

Artículo Primero OBJETIVO.

La presente Ordenanza regula beneficios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes de Cieneguilla que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, mantengan deuda vencida pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Costas Procesales Coactivas y diferencias generadas por un procedimiento de fiscalización tributaria.

Artículo Segundo ALCANCES Y REQUISITOS.

Podrán acogerse al presente beneficio las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas que sean propietarias o poseedoras de inmuebles, que mantengan deuda pendiente de pago y que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial 2017 (incluyendo los gastos por Derecho de Emisión, intereses y reajustes correspondientes) y el porcentaje de las costas procesales las cuales se detallan en el Anexo o en su defecto la deuda por dicho tributo correspondiente al último año afecto (incluyendo los gastos por Derecho de Emisión, intereses y reajustes), así como el porcentaje de las costas procesales según se describe en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero FACILIDADES DE PAGO.

Los obligados al pago de la deuda tributaria podrán solicitar fraccionamiento especial de pago de dichas obligaciones, pudiendo otorgárseles hasta cuatro cuotas...

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