RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 472-2017-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades de la Industria Manufacturera, Comercio Interno y Mipyme, en el Portal Institucional del Ministerio-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 472-2017-PRODUCE

Fecha de disposición05 Octubre 2017
Fecha de publicación08 Octubre 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

Lima, 5 de octubre de 2017

VISTOS: Los Memorandos N° 1090-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR, N° 931-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR y N° 860-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 206-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN, de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio que hace suyo el Informe N° 026-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN-evasquezq; el Memorando N° 293-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGSFS, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones que hace suyo el Informe N° 016-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGSFS-DS; los Informes N° 1225-2017-PRODUCE/OGAJ y N° 1358-2017-PRODUCE/OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el citado Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo disponen que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple las funciones de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, comprendiendo la facultad de tipificar reglamentariamente las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas legalmente; así como, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad fiscalizadora, sancionadora y de ejecución coactiva correspondiente;

Que, el artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE, señala que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones es el órgano de línea con autoridad técnica a nivel nacional, responsable de la supervisión, fiscalización y control del cumplimiento de la normativa en materia de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), industria, cooperativas y comercio interno, así como el adecuado flujo de facturas negociables;

Que, el principio de...

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