DECRETO SUPREMO, Nº 095-2017-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Modifican el Reglamento que establece disposiciones para la conducción y la participación multisectorial de entidades del Estado en la gestión del riesgo de desastres para la atención de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, durante el año 2017; aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2017-PCM-DECRETO SUPREMO-Nº 095-2017-PCM
Emisor | PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2017 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2017-PCM se aprueba el Reglamento que establece disposiciones para la conducción y la participación multisectorial de entidades del Estado en la gestión del riesgo de desastres para la atención de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, durante el año 2017;
Que, el Reglamento antes citado tiene por objeto establecer las disposiciones generales y específicas orientadas a coordinar y articular la participación multisectorial del Estado en la gestión del riesgo de desastres para la atención de emergencias ante ocurrencia de lluvias y peligros asociados, durante el año 2017;
Que, el artículo 6 del mencionado Reglamento establece que el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), con la finalidad de elaborar escenarios de riesgo de desastres de manera diaria, centraliza la información técnica y científica proporcionada por diversos organismos;
Que, los artículos 9 y 10 del Reglamento indicado señalan que el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional del Ministerio de Defensa (COEN-MINDEF) es la plataforma sobre la cual se desarrollan las acciones de preparación y respuesta frente a las emergencias que se presenten y el espacio donde se analizan los acontecimientos naturales, meteorológicos y climatológicos, así como cualquier otro fenómeno que pueda tener un impacto en la seguridad e integridad física de la población en general; y, se encuentra conformado por un Área de Operaciones, la cual cuenta a su vez con un Área Científica, conformada por representantes de diversos organismos;
Que, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 035-2007-EM, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, el cual tiene entre sus funciones investigar y elaborar estudios en geomorfología, glaciología y...
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