DECRETO SUPREMO, Nº 275-2017-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI y dictan otra medida-DECRETO SUPREMO-Nº 275-2017-EF

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática y 007: Ministerio del Interior;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-IN, se aprobó la Estrategia Multisectorial para la Prevención Social del Crimen y la Violencia “Estrategia Multisectorial Barrio Seguro”, que tiene por finalidad mejorar las condiciones para la seguridad y convivencia pacífica, en los territorios focalizados de acuerdo a los índices de criminalidad;

Que, la citada “Estrategia Multisectorial Barrio Seguro” plantea la realización de acciones preventivas que apuntan al abordaje de los factores de riesgo que incrementan la probabilidad de que ocurran hechos criminales y violentos, lo que hace necesaria la incorporación de acciones multisectoriales e intergubernamentales, que incluye a los gobiernos regionales y gobiernos locales, que tenga incidencia en los factores de riesgo relevante según la zona de intervención;

Que, asimismo, la referida Estrategia se enmarca en los objetivos y actividades del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-IN, contribuyendo a sus metas a través de intervenciones focalizadas a nivel territorial;

Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y sus modificatorias, establece, entre otros, que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del presupuesto por resultados; disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo, dicho numeral dispone que cada pliego presupuestario que transfiera recursos en el marco del mismo, es responsable del monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, y para el caso de los proyectos de inversión...

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