RESOLUCION, Nº 0319-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo de Concejo Nº 024/2017-MPL, que dispone rechazar solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque-RESOLUCION-Nº 0319-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2017

Expediente N° J-2017-00131-A01

LAMBAYEQUE–LAMBAYEQUE

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, catorce de agosto de dos mil diecisiete

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación que César Steve Pita Bances interpone en contra del Acuerdo de Concejo N° 024-2017-MPL, del 28 de febrero de 2017, que rechazó el pedido de vacancia presentado contra Ricardo Casimiro Velezmoro Ruiz, alcalde de la Municipalidad Provincial de Lambayeque, departamento de Lambayeque, por la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 3 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

La solicitud de vacancia

El 3 de febrero de 2017, César Steve Pita Bances presentó ante el Concejo Provincial de Lambayeque su solicitud de vacancia contra Ricardo Casimiro Velezmoro Ruiz, alcalde de dicha municipalidad, por la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Los hechos en los cuales ampara su solicitud son los siguientes:

- El recurrente alega que la salud del alcalde está seriamente deteriorada, siendo su causa principal la diabetes mellitus–tipo 2 (DM-2).

- Por dicho motivo es que el alcalde no tiene un óptimo desempeño funcional, quedándose dormido durante las sesiones de concejo, lo que es vox populi dentro de la colectividad lambayecana.

Los descargos presentados por el alcalde provincial

Mediante escrito presentado el 15 de febrero de 2017 (fojas 188 a 195), el alcalde Ricardo Casimiro Velezmoro Ruiz indicó lo siguiente:

- Que el ciudadano César Steve Pita Bances adjunta un documento otorgado por el galeno Francisco Temoche Ruiz, de fecha 26 de diciembre de 2016, el cual no cumple con las formalidades de ley, ya que no reúne las características de ser un certificado médico.

- Así también, dicho documento no indica el cuadro clínico que padece, desconociéndose la fuente que ha tomado para arribar a la conclusión que allí se describe; por lo que dicho certificado no merece ningún tipo de valor probatorio.

El pronunciamiento del Concejo Provincial de Lambayeque

En la Sesión Extraordinaria N° 02-2017, del 27 de febrero de 2017 (fojas 154 a 172), el Concejo Provincial de Lambayeque rechazó el pedido de vacancia del alcalde de dicha entidad edil por la causal establecida en el numeral 3, artículo 22, de la LOM. Dicha decisión se formalizó mediante Acuerdo de Concejo N° 024/2017-MPL, de fecha 28 de febrero de 2017 (fojas 147 a 153).

El recurso de apelación

El 28 de marzo de 2017, César Steve Pita Bances, solicitante de la vacancia, interpuso recurso de apelación (fojas 93 a 106) contra el Acuerdo de Concejo N° 024/2017-MPL que rechazó su pedido de vacancia.

Los argumentos...

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