Sentencia nº 2426-2017/SPC de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 9 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2017
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente45-2015/ILN-CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 2426-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 45-2015/ILN-CPC-SIA
M-SPC-13/1B 1/39
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR -
SEDE LIMA NORTE
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : AMERICAN AIRLINES INC. SUCURSAL DEL PERÚ
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
TRANSPORTE AÉREO
ACTIVIDAD : TRANSPORTE DE PASAJEROS POR VÍA AÉREA
SUMILLA: Se confirma la Resolución 1041-2016/ILN-CPC que halló
responsable a American Airlines Inc. Sucursal del Perú, por infracción de los
artículos 18° y 19° de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor, en tanto no quedó acreditado que la demora de trece (13) vuelos,
la cancelación de doce (12) vuelos y la reprogramación dos (2) vuelos,
hubieran obedecido a causas no imputables a la administrada.
SANCIÓN: 50,39 UIT
Lima, 09 de agosto de 2017
ANTECEDENTES
1. En el marco de las acciones de prevención y fiscalización, la Secretaría
Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Norte tomó
conocimiento de diversas cancelaciones y retrasos de vuelos operados por
American Airlines Inc. Sucursal del Perú
1
(en adelante, American Airlines)
durante el año 2014.
2. Mediante Resolución 395-2015/ILN-CPC del 6 de mayo de 2015, la Comisión
de Protección al Consumidor - Sede Lima Norte (en adelante, la Comisión)
inició un procedimiento de oficio contra American Airlines por presuntas
infracciones del artículo 19º de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor (en adelante, el Código), dado que demoró catorce (14)
vuelos, retrasó doce (12) vuelos y reprogramó tres (3) vuelos
2
, conforme se
observa en el siguiente cuadro:
VUELO
RUTA
FECHA
HORA
INCIDENTE
1
AA 988
LIMA-DALLAS
03/01/2014
02:35
DEMORADO
2
AA 988
LIMA-DALLAS
20/01/2014
02:35
REPROGRAMADO
1
RUC: 20101070671. Con domicilio fiscal en Av. Canaval y Moreyra 380, San Isidro, Lima, según la inf ormación
obtenida en www.sunat.gob.pe.
2
Cabe señalar que, si bien la Secretaría Técnica imputó la demora de catorce (14) vuelos, la cancelación de once (11)
vuelos y la reprogramación de cuatro (4) vuelos; mediante Resolución 877-2015/ILN-CPC del 23 de setiembre de
2015, se verificó que el vuelo AA 918, ruta Lima-Miami, pese a haber sido consignado como reprogramado, f ue
cancelado; motivo por el cual se procedió a corregir dicho extremo.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 2426-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 45-2015/ILN-CPC-SIA
M-SPC-13/1B 2/39
3
AA 918
LIMA-MIAMI
27/01/2014
23:50
CANCELADO
4
AA 918
LIMA-MIAMI
26/01/2014
23:50
CANCELADO
5
AA 988
LIMA-DALLAS
09/02/2014
02:35
CANCELADO
6
AA 988
LIMA-DALLAS
15/02/2014
02:35
CANCELADO
7
AA 918
LIMA-MIAMI
03/03/2014
23:50
DEMORADO
8
AA 988
LIMA-DALLAS
10/03/2014
01:25
CANCELADO
9
AA 918
LIMA-MIAMI
12/03/2014
22:50
CANCELADO
10
AA 988
LIMA-DALLAS
02/04/2014
01:40
DEMORADO
11
AA 988
LIMA-DALLAS
16/04/2014
01:40
DEMORADO
12
AA 988
LIMA-DALLAS
02/05/2014
01:40
DEMORADO
13
AA 988
LIMA-DALLAS
03/05/2014
01:40
CANCELADO
14
AA 918
LIMA-MIAMI
11/05/2014
22:50
CANCELADO
15
AA 988
LIMA-DALLAS
20/05/2014
01:40
CANCELADO
16
AA 988
LIMA-DALLAS
10/06/2014
07:00
DEMORADO
17
AA 988
LIMA-DALLAS
27/07/2014
01:40
DEMORADO
18
AA 988
LIMA-DALLAS
15/09/2014
01:20
REPROGRAMADO
19
AA 918
LIMA-MIAMI
05/09/2014
00:36
REPROGRAMADO
20
AA 988
LIMA-DALLAS
05/09/2014
01:20
DEMORADO
21
AA 988
LIMA-DALLAS
08/09/2014
01:40
DEMORADO
22
AA 918
LIMA-MIAMI
18/09/2014
00:36
CANCELADO
23
AA 988
LIMA-DALLAS
09/10/2014
01:40
DEMORADO
24
AA 988
LIMA-DALLAS
18/10/2014
01:40
DEMORADO
25
AA 988
LIMA-DALLAS
22/10/2014
01:40
DEMORADO
26
AA 988
LIMA-DALLAS
11/11/2014
02:45
CANCELADO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 2426-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 45-2015/ILN-CPC-SIA
M-SPC-13/1B 3/39
27
AA 988
LIMA-DALLAS
18/11/2014
02:45
CANCELADO
28
AA 261
LIMA-MIAMI
25/12/2014
07:19
DEMORADO
29
AA 261
LIMA-MIAMI
29/12/2014
07:19
DEMORADO
3. En sus descargos, American Airlines señaló que las causas de los retrasos y
cancelaciones de los vuelos antes indicados eran la siguientes:
VUELO
FECHA
INCIDENTE
MOTIVO
AA 988
03/01/2014
DEMORADO
La demora se produjo porque el vuelo originario (AA 980) se retrasó
por causas de fu erza mayor, lo que c onstituyó un hecho imprevisible
que la exonera de responsabilidad.
AA 988
20/01/2014
REPROGRAMADO
La reprogramación se produjo debido a que: a) la luz de baja presión
de la bomba de combustible posterior izquierda se encontraba
inoperativa; y, b) existía una fuga hidráulica del tren de nariz; ante ello,
se reemplazó el interruptor y se realizó un servicio especial al
amortiguador. Cabe mencio nar que los referidos defectos no se
originaron por un mal mant enimiento o falta de supervisión, según s e
desprende del certi ficado de la DGAC, de esta manera acontecieron
hechos fortuitos ajenos a su esfera de control y que la exonera de
responsabilidad.
AA 918
27/01/2014
CANCELADO
La cancelación se originó porque el vuelo de conexión proveniente de
Miami (AA 917) fue cancelado por problem as de tripulación, situación
evidentemente imprevisible y que la exonera de responsabilidad.
AA 918
26/01/2014
CANCELADO
La cancelación se produjo debido a un desperfecto en el tanque de
combustible izquierdo de la aeronave, a pesar que se determinó que
se encontraba en con dición de aeronavegabilidad. Cabe mencionar
que la referida falla no se originó por un mal mantenimiento o falta de
supervisión según se desprende del certificado de la DGAC, de esta
manera, se produjo un hecho fortuito a su esfera de control y que la
exonera de responsabilidad.
AA 988
09/02/2014
CANCELADO
La cancelación se prod ujo a causa de trabajos de mantenimiento
realizados en la aeronave.
AA 988
15/02/2014
CANCELADO
La cancelación se prod ujo a causa de trabajos de mantenimiento
realizados en la aeronave.
AA 918
03/03/2014
DEMORADO
La demora se debió a que el vuelo de con exión presentó problemas
técnicos que ocasionaron que se realice el cam bio parcial del equipo,
lo que constituyó un hecho fortuito que la exonera de responsabilidad.
AA 988
10/03/2014
CANCELADO
La cancelación se produjo debido a que durante la inspección
protocolar -antes de iniciar el trayecto- se detectó un desperfecto en el
tren de aterrizaje principal izquierdo, por lo q ue removió y reemplazó
la válvula, sin embargo, los pasajeros ya habían sido embarcados en
otro vuelo, Cabe mencionar que el ref erido defecto no se originó por
un mal mantenimiento o falta de supervisión según se desprende del
certificado de la DGAC, de esta manera existe la ruptura del nexo
causal que la exonera de responsabilidad.
AA 918
12/03/2014
CANCELADO
El referido vuelo fue cancelado debido a que el vuelo de conexión (AA
917 proveniente de Miami) había sid o cancelado, por lo que prestó el
servicio en el vuelo AA 9220. Lo acontecido denota la ruptura del nexo
causal que la exonera de responsabilidad.
AA 988
02/04/2014
DEMORADO
La demora del vuelo se originó por motivos o peracionales, pues

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