RESOLUCION, Nº 090-2017-CD/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Aprueban el Mandato de Compartición de Infraestructura correspondiente al procedimiento tramitado entre las empresas concesionarias Comunicaciones Cabapice S.A.C. y Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., respecto del departamento de Arequipa,-RESOLUCION-Nº 090-2017-CD/OSIPTEL

Fecha de disposición10 Agosto 2017
Fecha de publicación22 Agosto 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

Lima, 10 de agosto de 2017

[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]

VISTOS:

(i) La solicitud formulada por la empresa Comunicaciones Cabapice S.A.C. (en adelante, CABAPICE), mediante comunicación recibida el 12 de mayo de 2017, por la cual, al amparo de lo establecido en la Ley N° 28295, Ley que regula el acceso y uso compartido de infraestructura de uso público para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, solicita al OSIPTEL la emisión de un Mandato de Compartición de Infraestructura con la empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (en adelante, SEAL), que establezca las condiciones para el uso de sus postes del servicio de energía eléctrica en el ámbito del distrito de Camaná, de la provincia de Camaná y departamento de Arequipa, así como en los distritos de Mollendo y Mejía, de la provincia de Islay, del mismo departamento; y,

(ii) El Informe N° 00150-GPRC/2017 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, mediante el cual se recomienda dictar el Mandato de Compartición de Infraestructura respecto de los tres distritos del departamento de Arequipa antes señalados; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modificada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce, entre otras, la función normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter...

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