RESOLUCION, Nº 168-2017/CDB-INDECOPI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Suprimen la aplicación de derechos antidumping sobre importaciones de tejidos tipo popelina para camisería, crudos, blancos o teñidos, mezcla de poliéster con algodón originarios de la República Popular China, a que se refieren las RR. Nºs 0124-2004/TDC-INDECOPI, 105-2010/CFD-INDECOPI y 021-2016/CDB-INDECOPI-RESOLUCION-Nº 168-2017/CDB-INDECOPI

EmisorINSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2017

Lima,9 de agosto de 2017

LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y

ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO

ARANCELARIAS DEL INDECOPI

Visto, el Expediente Nº 010-2014/CFD; y,

CONSIDERANDO:

  1. ANTECEDENTES

    Por Resolución Nº 0124-2004/TDC-INDECOPI, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 21 de mayo de 2004, la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi (en adelante, la Sala) impuso derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de tejidos tipo popelina para camisería, crudos, blancos o teñidos, mezcla de poliéster con algodón, donde el poliéster predomina en peso (mayor a 50%), de ligamento tipo tafetán, con un ancho menor a 1.80 metros, cuyo peso unitario oscila entre 90 gr./m2 y 200 gr./m2 (en adelante, tejidos tipo popelina), originarios de la República Popular China (en adelante, China). Ello, al amparo de las disposiciones contenidas en el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (en adelante, el Acuerdo Antidumping) y en el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM (en adelante, el Reglamento Antidumping).

    En el marco de un procedimiento de examen por expiración de medidas (“sunset rewiew”) iniciado a solicitud del productor nacional Consorcio La Parcela S.A. (en adelante, La Parcela), mediante Resolución Nº 105-2010/CFD-INDECOPI publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de mayo de 2010, la Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios del Indecopi (en adelante, la Comisión)1 dispuso mantener la vigencia de los derechos antidumping impuestos sobre los tejidos tipo popelina originarios de China antes mencionados, por un periodo adicional de cinco (5) años.

    Posteriormente, en el marco de un segundo procedimiento de examen por expiración de medidas (“sunset rewiew”) iniciado también a solicitud del productor nacional La Parcela, mediante Resolución Nº 021-2016/CDB-INDECOPI publicada en el diario...

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