Sentencia nº 854-2017/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 26 de Julio de 2017

Fecha de Resolución26 de Julio de 2017
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente6-2010/ILN-CCO-01-19
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PROCEDENCIA
DEUDOR
ACREEDOR
MATERIA
ACTIVIDAD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala especializada en Proceci¡m¡Gntos Concúrsales
RESOLUCIÓN N' 08S4-2017/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE ? OOS-Z010/ILN-CCO-01-19
COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCÚRSALES INDECOPI
LIMA NORTE
TEXTILES ABRAHAM E.I.R.L.
ORLANDO BALLADARES CARRILLO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
EJECUCIÓN DE MANDATO JUDICIAL
VENTA MAYORITARIA DE PRODUCTOS TEXTILES
SUMILLA: se DISPONE que la Comisión de Procedimientos Concúrsales Indecopí Urna
Norte emita un nuevo pronunciamiento respecto de la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada el 31 de enero de 2011, por el señor Orlando Balladares Carrillo
frente a Textiles Abraham E.I.R.L., en atención a lo resuelto por el Vigésimo Sexto
Juzgado Contencioso Administrativo Sub Especializado en Temas de Mercado de la
Corte Superior de Justicia de Lima medíante Sentencia contenida en la Resolución ?
Nueve del 25 de mayo de 2016, que declaró la nulidad de la Resolución ? 0259-2011/ILN-
CCO del 23 de marzo de 2011 y ordenó que el Indecopí emita una nueva resolución
administrativa conforme a los considerandos expuestos en dicha sentencia.
Lima, 26 de julio de 2017
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución ? 0259-2011/ILN-CCO del 23 de marzo de 2011, la Comisión de
Procedimientos Concúrsales Indecopi Lima Norte (en adelante, la Comisión) reconoció la
totalidad de los créditos invocados el 31 de enero de 2011 por el señor Orlando Balladares
Carrillo (en adelante, señor Balladares) frente a Textiles Abraham E.I.R.L1 (en adelante,
Textiles Abraham), por la suma ascendente a S/ 37 460,51 por concepto de capital, en el
primer orden de preferencia.
2. Por Resolución ? 462-2013/SDC-INDECOPI del 11 de marzo de 2013, la Sala
Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi (en adelante,
SDC), a solicitud de la Comisión2 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 202.4 de
la Ley del Procedimiento Administrativo General3, dispuso que la Gerencia Legal del
El 27 de diciembre de 2010, la Comisión publicó en el Diario Oficial "El Peruano" el aviso de difusión del inicio del
procedimiento concursal ordinario de Textiles Abraham. Por Resolución ? 840-2011/ILN-CCO del 09 de agosto de
2011, la Comisión declaró la disolución y liquidación de la deudora en aplicación de lo dispuesto por el artículo 692-
A del Código Procesal Civil. Mediante Resolución ? 1118-2013/ILN-CCO del 07 de agosto de 2013, la Comisión
declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario de Textiles Abraham y dispuso el archivo del expediente
administrativo correspondiente.
Por Resolución ? 0389-2012/ILN-CCO del 30 de mayo de 2012, la Comisión dispuso remitir al Tribunal del Indecopi
los actuados en la tramitación de la solicitud de reconocimiento de créditos del señor Balladares frente a Textiles
Abraham, a fin de que, de considerarlo pertinente, esta se pronuncie respecto de la nulidad de la Resolución ? 0259-
2011/ILN-CCO.
(...)
202.4 En caso de que haya prescrito el plazo previsto en el numeral anterior, sólo procede demandar la nulidad ante
el Poder Judicial vía el proceso contencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de
los dos (02) años siguientes a contar desde la fecha en que prescribió la facultad para declarar la nulidad en
sede administrativa.
(...)
Numeral modificado por el Artículo 2 del Decreto Legislativo ? 1272, publicado el 21 de diciembre de 2016,
cuyo texto es el siguiente:
M-SCO-08/01
1/3
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima 41 - Perú / Telf.: 224 7800
e-mail: consultas@mdecopi.gob.pe / Web: vwjw.indecopi.gob.pt

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