Sentencia nº 836-2017/SCO de Sala Especializada en Procedimientos Concursales, 19 de Julio de 2017

Fecha de Resolución19 de Julio de 2017
EmisorSala Especializada en Procedimientos Concursales
Expediente29-2010/ILN-CCO
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
i', r ^~.;' i-'' r^; Sa/a Especializada en Procedimientos Concúrsales
RESOLUCIÓN ? 083S-2017/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE ? 0467-2017/SCO/Queja
QUEJADO : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCÚRSALES INDECOPI
LIMA NORTE
QUEJOSO : ELVIS ORLANDO DE LA CRUZ VELESMORO
MATERIA : QUEJA
SUMILLA: se declara INFUNDADA la queja por denegatoria de recurso de
reconsideración presentada por el señor Elvis Orlando De La Cruz Velesmoro contra la
Comisión de Procedimientos Concúrsales Indecopi Lima Norte, al haberse verificado
que dicho recurso fue interpuesto por el quejoso contra la Resolución ? 092-
2017/CCO-INDECOPI del 18 de enero de 2017 fuera del plazo establecido en el artículo
115 de la Ley General del Sistema Concursa/.
Lima, 19 de julio de 2017
ANTECEDENTES
1, Mediante Resolución ? 092-2017/ILN-CCO del 18 de enero de 2017, la Comisión de
Procedimientos Concúrsales de Indecopi Lima Norte (en adelante, la Comisión), en
ejercicio de sus facultades contempladas en el artículo 36.1 de la Ley General del
Sistema Concursa! (en adelante, LGSC) declaró la conclusión del procedimiento
concursal ordinario del patrimonio del señor Elvis Orlando De La Cruz Velesmoro (en
adelante, señor De La Cruz) por inexistencia de concurso. Dicho acto administrativo fue
notificado al quejoso el 06 de febrero de 2017.
2. Por escrito del 14 de febrero de 2017, el señor De La Cruz interpuso recurso de
reconsideración contra la Resolución ? 092-2017/ILN-CCO argumentando que la
Comisión habría omitido valorar un pedido realizado con anterioridad a la emisión del
citado acto administrativo.
3. Mediante Resolución ? 356-2017/ILN-CCO1 del 08 de marzo de 2017, la Comisión
declaró improcedente por extemporáneo el recurso interpuesto por el señor De La Cruz,
conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto
Legislativo ? 13112.
4. Por escrito del 19 de mayo de 2017, complementado el 24 del mismo mes y año, el
señor De La Cruz interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución ? 356-
2017/ILN-CCO cuestionando la notificación de la Resolución ? 092-2017/ILN-CCO.
5. Mediante Resolución ? 684-2017/ILN-CCO del 07 de junio de 2017, la Comisión
dispuso calificar como queja el recurso presentado por el señor De La Cruz y remitir los
actuados pertinentes a la Sala Especializada en Procedimientos Concúrsales (en
adelante, la Sala), debido a que el señor De la Cruz cuestionó la denegatoria de su
Dicho acto administrativo fue notificado al quejoso el 27 de abril de 2017.
DECRETO LEGISLATIVO ?1311. Disposiciones Complementarias Finales:
(...)
CUARTA. - Aplicación del Decreto Legislativo ? 1272, que modifica la Ley ? 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General y deroga la Ley ? 29060, Ley del silencio administrativo : Durante el plazo de sesenta (60)
días a que se refiere la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo ? 1272 que modifica la Ley
? 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley ? 29060, Ley del silencio administrativo, no serán
aplicables las disposiciones del mencionado Decreto Legislativo a los procedimientos especiales, incluidos los tributarios.
(...)
M-SCO-08/01
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