DECRETO SUPREMO, Nº 014-2017-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, aprobado por D.S Nº 009-2016-TR-DECRETO SUPREMO-Nº 014-2017-TR

Fecha de publicación06 Agosto 2017
Fecha de disposición06 Agosto 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1187, Decreto Legislativo que previene y sanciona la violencia en la actividad de construcción civil, establece como parte de sus finalidades la de prevenir la violencia y contrarrestar los delitos vinculados a la actividad de construcción civil; contribuir con la mejora de la seguridad ciudadana y el orden público; promover mecanismos que aseguren la integridad física de los empleadores y trabajadores que intervienen en este sector; y, velar por el libre ejercicio de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores de la actividad de construcción civil;

Que, el artículo 8 de citado decreto legislativo dispone la creación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, el cual se encuentra a cargo de la Autoridad Administrativa de Trabajo;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2016-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2016-TR, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – Reglamento del RETCC, estableciéndose su objeto, ámbito de aplicación, requisitos y procedimientos para la inscripción y renovación, causales de suspensión y cancelación, y demás normas de aplicación;

Que, con la emisión del Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; y, del Decreto Legislativo Nº 1272, que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, se cuenta con un nuevo marco legal que tiene como propósito que la Administración Pública facilite y mejore los servicios que brinda al ciudadano;

Que, a fin de atender las emergencias y los daños en el país, causados por los desastres naturales acaecidos en los primeros meses del 2017, se publicó la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cuyo artículo 1 declara como prioritaria, de interés nacional y necesidad pública, la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental;

Que, existen muchas dudas por parte de las direcciones o gerencias regionales de trabajo y promoción del empleo, respecto a la aplicación del Reglamento del RETCC con los trabajadores extranjeros; sobre los cuales resulta aplicable el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones;

Que, conforme a lo indicado, resulta necesario modificar el Reglamento del RETCC a fin de asegurar su cumplimiento, como medida pública de prevención de la violencia, conforme al nuevo marco legal de la actuación administrativa en beneficio de los trabajadores de la actividad de construcción civil; conforme los objetivos de reconstrucción del país establecidos en la Ley Nº 30556; y, además, introducir las disposiciones que permitan aclarar la aplicación del Reglamento del RETCC con los trabajadores extranjeros;

De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento de Organización y...

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