RESOLUCION, Nº 102-2017-INGEMMET/PCD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO - Asignan montos recaudados por los conceptos de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad en el mes de junio del año 2017-RESOLUCION-Nº 102-2017-INGEMMET/PCD

EmisorINSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Fecha de la disposición25 de Julio de 2017

Lima, 25 de julio de 2017

VISTO el Informe Nº 019-2017-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 21 de julio de 2017 y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 29169, establece que los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, así como de la Penalidad, constituyen recursos directamente recaudados estableciendo porcentajes para la distribución entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales, Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET y Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29169 establece que lo dispuesto en el inciso d) del artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, se aplicará a partir de los pagos efectuados desde el siguiente mes de su publicación;

Que, la asignación de los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad corresponden a los derechos mineros formulados al amparo del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como aquellos efectuados en el mes de junio del año 2017 por la formulación de petitorios;

Que, mediante informe de Visto la Dirección de Derecho de Vigencia informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de junio de 2017 es de US$ 42,978,229.62 (Cuarenta y Dos Millones Novecientos Setenta y Ocho Mil Doscientos Veintinueve y 62/100 Dólares Americanos) y S/ 2,581,094.76 (Dos Millones Quinientos Ochenta y Un Mil Noventa y Cuatro y 76/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades beneficiarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente;

Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92 del...

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