Resolución nº 2486-2017-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 13 de Julio de 2017

Fecha de Resolución13 de Julio de 2017
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B
(:,1
-2017-MP-FN
Lima,
13
jUL
2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio W 4877-2017-FSC-FECOR-MP-FN
de fecha 28 de junio de 2017,
la
señora Mirtha Elena Medina Seminario, Fiscal Superior
de
la Tercera
Fiscalía Superior Nacional Especializada contra la Criminalidad Organizada, remite
la
solicitud de
la
señora Alejandra María Cárdenas Ávila de
Otaz~,
Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial
Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada de Arequipa, quien solicita se autorice
su
participación,
en
la conferencia denominada: El problema
de
la
criminalización
de la protesta
social, que se llevará a cabo
el14
de julio de 2017,
en
la
ciudad de Arequipa;
Que, dada
la
importancia del evento académico antes
mencionado, resulta necesario autorizar
la
participación de
la
citada fiscal, correspondiendo conceder
permiso, conforme a lo dispuesto
en
el
artículo
21
0 del Decreto Legislativo W 052, "Ley Orgánica del
Ministerio Público", y
en
el artículo 1060 del
Decret~
Supremo W 005-90-PCM, "Reglamento de la
Ley de Bases de
la
Carrera Administrativa y Remuneiaciones del Sector Público;
Con el visto de la Gerencia Central
de
la
Escuela del
Ministerio Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel" y
en
uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 64° del Decreto Legislativo W 052, "Ley
O~gánica
del Ministerio Público";
SE RESUELVE:
ARTíCULo! PRIMERO.- AUTORIZAR
la
participación de la
señora Alejandra María Cárdenas Ávila de
Ota~u,
Fiscal Provincial de
la
FiscaHa
Provincial
Corporativa Especializada contra
la
Criminalidad: Organizada de Arequipa
en
la
conferencia
denominada: El
problema
de la
criminalización
de la
protesta
social, que
se
llevará a cabo el 14
de julio de 2017, en
la
ciudad de Arequipa,
CONCE~ÉNDOSE
permiso, según
el
siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
1 Alejandra María
Ávila
de
Otazu
~argo
Provincial
la
Período
de
Permiso
14
de
julio
de
2017
(A
partir
de
las
14:00
horas)
ARTíCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Presidencia de
la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal
qle
Arequipa y a
la
Coordinación Nacional de las
Fiscalías Especializadas contra
la
Criminalidad Organizada, adoptar las medidas respectivas a
fin
de
garantizar
el
normal funcionamiento del despacho
en
cumplimiento de lo autorizado
en
la
presente
resolución. .
ARTíCUlQ
TERCERO.-
El
cumplimiento de
lo
dispuesto
en
la
presente resolución,
no
irrogará gasto alguno
al
Presupuesto institucional del Ministerio Público,

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