ORDENANZA, Nº 354-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Subsanan error material en la Ordenanza Nº 344-MDPH, que aprueba la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 354-MDPH
Fecha de publicación | 16 Julio 2017 |
Fecha de disposición | 16 Julio 2017 |
Subsanan error material en la Ordenanza N° 344-MDPH, que aprueba la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 354-MDPH
Punta Hermosa, 20 de junio de 2017
VISTO:
El Informe Nº 108-2017-MDPH-URRHH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 049-2017-MDPH-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 30305, los Gobiernos Locales tienen de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es ratificado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, mediante Ordenanza Nº 344-MDPH se aprobó la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, instrumento este último aprobado a su vez por la Ordenanza Nº 303-MDPH;
Que, mediante Informe Nº 108-2017-MDPH-URRHH la Unidad de Recursos Humanos señala que la Ordenanza Nº 344-MDPH contiene un error material al referirse al D.S. Nº 043-2004-PCM, norma que se encuentra derogada, concluyendo en que debe someterse nuevamente aprobación la modificación del CAP Provisional de la entidad, siguiendo el procedimiento establecido en los numerales 2.9 y 4.2 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH;
Que, efectivamente de la revisión del texto de la Ordenanza Nº 344-MDPH se advierte que en su quinto considerando se ha hecho referencia erróneamente al D.S Nº 043-2004-PCM norma que se encuentra derogada; sin embargo esta deficiencia no constituye un vicio transcendente por lo cual no resulta nula de pleno derecho;
Que, de otro lado, la Ordenanza Nº 344-MDPH aprueba la modificación del Cuadro de Asignación Provisional de la entidad el cual fue aprobado por la Ordenanza Nº 303-MDPH siguiendo debidamente el procedimiento establecido por la Directiva Nº 001-2014-SERVIR-GPGSC, norma vigente a la fecha de elaboración y aprobación del indicado instrumento de gestión, por lo que sus posteriores modificatorias debe efectuarse también al amparo de dicha disposición conforme a la Teoría de los hechos Cumplidos, no siendo aplicables las disposiciones de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR /GDSRH “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de...
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