Resolución nº 1035-2017/CC2 de Comisión de Protección al Consumidor, de 28 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2017 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 535-2017/CC2 |
Lima, 28 de junio de 2017
ANTECEDENTES
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El 26 de abril de 2017, complementada mediante escrito del 29 de mayo de 2017, la señora Anchaygua denunció a Alese1 por presunta infracción de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor2 (en adelante el Código), señalando que el vehículo marca Kia, modelo Rio Hatchback, año 2012, con Placa de Rodaje Nº C5I -007 presentaba desperfectos relacionados con el check engine de oxígeno, pérdida de potencia en el motor y consumo excesivo de combustible. Asimismo, señaló que el proveedor denunciado no le entregó las constancias de ingreso del vehículo al taller, no realizó el cambio del filtro de aire y no le informó respecto al estado de la adquisición del repuesto que necesitaba su vehículo.
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Mediante Resolución Nº 1 de fecha 31 de mayo de 2017, la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 (en adelante, la Secretaría Técnica) se admitió a trámite la denuncia.
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En la audiencia de conciliación celebrada el 14 de junio de 2017, la señora Anchaygua y Alese, llegaron a un acuerdo conciliatorio consistente en lo siguiente:
“[…]
El señor Sullón, en representación de Alese S.A.C., se compromete a:
(i) Otorgar un año de garantía adicional en lo relacionado con el check engine del vehículo marca Kia, modelo Río Hatchback, con Placa de Rodaje Nº C5I-007, el cual se computará desde la entrega del vehículo a la señora Anchaygua;[1] 1 R.U.C. 20297867718.
[2] 2 LEY N° 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, publicado el 2 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano. Dicho código será aplicable a los supuestos de infracción que se configuren a partir del 2 de octubre de 2010, fecha en la cual entró en vigencia el mismo.
M-CPC-03/01
Rodaje Nº C5I-007, de manera gratuita (cero costo para el propietario de la unidad vehicular); previa presentación de las cartas de cortesía correspondientes, en original;
(iii) emitir a favor de la señora Anchaygua, dos cartas de cortesía para los servicios de mantenimiento gratuito correspondientes a los 70 000 y 80 000 kilómetros del vehículo marca Kia, modelo Río Hatchback, con Placa de Rodaje Nº C5I-007, las cuales serán entregadas el día en que la denunciante recoja el vehículo del taller; y,(iv) asumir los costos de mano de obra relacionados con los trabajos de planchado y pintura del quiñe ubicado en la funda delantera izquierda del vehículo marca Kia, modelo Río Hatchback, con Placa de Rodaje Nº...
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