ACUERDO, Nº 050-2017-GRA/CR-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Declaran de Interés Regional la Iniciativa Privada "Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos de la Región Arequipa" presentada por Kanay S.A.C.-ACUERDO-Nº 050-2017-GRA/CR-AREQUIPA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición30 de Junio de 2017

Arequipa, 6 de junio del 2017

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el artículo 58º de la Constitución Política del Estado, señala que la iniciativa privada es libre, constituyendo un principio de modelo económico del Estado, que se encuentra directamente conectado con lo establecido en el inciso 17) del artículo 2º del mismo texto constitucional, el cual establece el derecho fundamental de toda persona a participar, ya sea en forma individual o asociada, en la vía económica de la Nación. De ello se colige que toda persona natural o jurídica tiene derecho a emprender y desarrollar, con autonomía plena, la actividad económica de su preferencia, afectando o destinando bienes de cualquier tipo a la producción y al intercambio con la finalidad de obtener un beneficio o ganancia material; siendo bajo este principio que el Estado orienta el desarrollo del país principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura; correspondiendo a los Gobiernos Regionales crear mecanismos para promover la inversión privada como medio de contribución al desarrollo económico regional;

Que, en ese contexto, conforme a la ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es finalidad esencial del Gobierno Regional fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, así como garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de igualdad de oportunidades, de acuerdo a los planes y programas nacionales, regionales y locales;

Que, dentro de ese marco, las iniciativas privadas han surgido como una posibilidad para la ejecución de proyectos de inversión (obras o servicios), en las que su promotor (persona natural o jurídica – nacional o extranjera) plantea al Estado proyectos de interés mutuo. En ese sentido, el promotor privado y el Estado – representado en sus tres niveles – asumen responsabilidades y obligaciones dentro del proceso, las cuales se encuentran definidas por la normativa vigente aplicable, que para el caso concreto de iniciativa privada está compuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012 / Ley Marco de las Asociaciones Público Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 127-2014-EF; siendo que en dichas normas se incluye a los gobiernos regionales como promotores de la inversión privada en el ámbito de su jurisdicción, y define a las iniciativas privadas como una modalidad de inversión privada sin cofinanciamiento público;

Que, en el caso de los Gobiernos Regionales, la tramitación y desarrollo del proceso recae principalmente en dos órganos: (i) el de conducción, cuyas funciones son ejercidas por el Órgano Promotor de la Inversión Privada; y, (ii) el de resolución que recae en sus respectivos Consejos Regionales, cuyo órgano es la máxima autoridad del Organismo Promotor de la Inversión Privada. Entonces, el primero es llamado a orientar técnica y procedimentalmente, y, el segundo a la toma de decisiones;

Que, en tal sentido, la Empresa KANAY S.A.C., con fecha 18 de diciembre de 2015, presentó la iniciativa privada denominada: “Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos de la Región Arequipa”; teniendo como base legal las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 127-2014-EF y sus modificatorias;

Que, mediante Acuerdo Regional Nº 078-2016-GRA/CR-AREQUIPA y Acuerdo Regional Nº 104-2016-GRA/CR-AREQUIPA se aprobó ampliaciones de plazo por sesenta (60) y noventa (90) días hábiles, respectivamente; siendo que, respecto a la última ampliación esta vence el 27 de abril del presente año; por lo que, mediante Informe Nº 019-2017-GRA/GRPIP de fecha 05 de abril de 2017, la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada remite al Consejo Regional la propuesta de Declaratoria de Interés de la iniciativa privada antes mencionada, y solicita pronunciamiento al respecto; sin embargo, siendo que le corresponde al Consejo Regional aprobar la Declaratoria de Interés, también tiene el deber de evaluar la propuesta remitida así como verificar el cumplimiento del procedimiento; consecuentemente, mediante Acuerdo Regional Nº 035-2017-GRA/CR-AREQUIPA se amplió el plazo de evaluación por 30 días hábiles;

Que, por tanto, mediante Informe Nº 034-2017-GRA/GRPIP-AJZV, la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada, como órgano instructor del procedimiento encargado de velar por el cumplimiento del D.Leg. Nº 1012 y su respectivo reglamento, procedió al levantamiento de observaciones ante la Comisión de Desarrollo Económico y Cooperación Internacional; en tal sentido, la Comisión pone a consideración del Pleno la Declaratoria de Interés de la referida Iniciativa Privada;

Que, por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 – AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 – AREQUIPA;

SE ACUERDA:

Primero.- DECLARAR de Interés Regional la Iniciativa Privada denominada: “Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos de la Región Arequipa”; presentada por la Empresa KANAY S.A.C. en la modalidad de Contrato de Derecho de Usufructo y Derecho de Superficie, bajo las características y condiciones precisadas en el Resumen Ejecutivo, que forma parte integrante del presente acuerdo anexados al mismo.

Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada, del Gobierno Regional de Arequipa, la notificación del Presente Acuerdo Regional a la Empresa KANAY S.A.C., la misma que en un plazo máximo de diez (10) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente, deberá de presentar la Carta Fianza, como garantía para asegurar la suscripción del respectivo contrato, en caso de adjudicación directa y los gastos de publicación.

Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada, del Gobierno Regional de Arequipa, que luego de recibida la Carta Fianza señalada en el artículo precedente y los gastos de publicación, proceda a la publicación de la presente Declaratoria de Interés y su anexo en el Diario Oficial El Peruano, en otro de circulación nacional y en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, a costo del inversionista; debiendo considerar además el modelo de carta fianza y modelo de carta de expresión de interés, acreditación de requisitos de precalificación a presentar por terceros interesados en la ejecución del proyecto, en la que además deberá precisarse la información sobre la dependencia de presentación y el plazo para efectuarla.

Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada, del Gobierno Regional de Arequipa, que luego de cumplidas con las disposiciones señaladas en los artículos precedentes, prosiga el trámite que corresponda de acuerdo a ley, dando cuenta de manera oportuna al Consejo Regional.

Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Promoción de la Inversión Privada, del Gobierno Regional de Arequipa, que conforme al artículo 32º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1012, de ser el caso de no presentarse terceros interesados, deberá remitir al Consejo Regional la iniciativa privada a efectos de aprobar la propuesta de iniciativa privada y proceder a la adjudicación directa al proponente, mediante acuerdo regional.

Sexto.- ENCARGAR a la Comisión de Desarrollo Económico y Cooperación Internacional participar como veedor en lo que falte del proceso de promoción de la inversión privada hasta el otorgamiento de la buena pro.

POR TANTO:

Regístrese y cúmplase.

ABELINO I. RONCALLA QUISPE

Presidente del Consejo Regional

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, por Acuerdo de Consejo Regional Nº ______ adoptado en su sesión de fecha ______ de ______ del 2017, acordó aprobar la Declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada denominada “Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa” (en adelante la INICIATIVA PRIVADA), presentada por la empresa Kanay S.A.C. (en adelante el PROPONENTE), de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012, Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la generación de empleo productivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 127-2014-EF, y de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1012, concordante con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto...

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