ORDENANZA, Nº 436/MDSMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES - Regulan el comercio ambulatorio en los espacios públicos autorizados en la jurisdicción del distrito-ORDENANZA-Nº 436/MDSMP

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Fecha de la disposición22 de Junio de 2017

Regulan el comercio ambulatorio en los espacios públicos autorizados en la jurisdicción del distrito

ORDENANZA Nº 436/MDSMP

San Martín de Porres, 20 de junio de 2017

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE

PORRES

VISTO:

En la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Dictamen Nº 04-2017-CAJDEyF-2016/MDSMP de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Desarrollo Económico y Fiscalización, sobre el proyecto de ordenanza que regula el Comercio en Espacios Públicos Autorizados en la Jurisdicción del Distrito de San Martín de Porres; así como los Memorándums Nº 876-2017-GM/MDSMP, Nº 923-2017-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal, los Informes Nº 0716-2017-GAJ/MDSMP, Nº0832-2017-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº334-2017/GPP/MDMSP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, que ratifica el Memorándum Nº777-2017/GPP/MDMSP; el Memorándum Nº 0176-2017-SGDC/GDE/MDMSP, de la Subgerencia de Defensa Civil, que ratifica su Informe Nº 0105-2016-SGDC/GDE/MDMSP,elInforme Nº 157-2017-SGC-GDU/MDSMP de la Subgerencia de Catastro, elInforme Nº 86-2017-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 189-2017/GDH/MDMSP, de la Gerencia de Desarrollo Humano, que ratifica el Informe Nº 238-2017-SGSSyS.GDH/MDMSP, de la Subgerencia de Servicios Sociales, el Memorando Nº 302-2017/GFyCM/MDSMP, de la Gerencia de Fiscalización y Control Municipal,los Informes Nº 219-2017-SGPEyC-GDE/MDSMP, Nº 252-2017-SGPEyC-GDE/MDSMP de la Sub Gerencia de Promoción Empresarial y Comercialización, los Informes Nº 090-2017-GDE/MDSMP, Nº 094-2017-GDE/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Económico, sobre el proyecto de ORDENANZAQUE REGULA EL COMERCIO EN ESPACIOS PÚBLICOS AUTORIZADOS EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680, Nº 28607, y Nº 30305, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº...

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