RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 187-2017-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que la Resolución Administrativa Nº 166-2016-CE-PJ, continúe vigente en tanto se implemente el Expediente Judicial Electrónico-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 187-2017-CE-PJ

Fecha de disposición31 Mayo 2017
Fecha de publicación21 Junio 2017
SecciónSección Única

Lima, 31 de mayo de 2017

VISTO:

El Oficio N° 642-2017-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099 “Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante el referido oficio, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo solicita a este Órgano de Gobierno, que se deje sin efecto la Resolución Administrativa N° 166-2016-CE-PJ, de fecha 6 de julio de 2016, la cual dejó sin efecto, para los órganos jurisdiccionales que conocen la Nueva Ley Procesal del Trabajo, las disposiciones de la Directiva N° 006-2015-CE-PJ “Lineamientos para el Diligenciamiento de las Notificaciones Electrónicas”, y el Procedimiento “Línea de Escaneo de Documentos”, aprobados por Resolución Administrativa N° 260-2015-CE-PJ; en cuanto a la digitalización de documentos; exceptuando de dicha disposición al Distrito Judicial de Lima Norte, en donde está implementado el Expediente Judicial Digital para el nuevo modelo procesal laboral.

Segundo. Que el mencionado Equipo Técnico sustenta su petición señalando que el proyecto “Expediente Judicial Electrónico (EJE)”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, del 6 de enero de 2017, ha previsto la digitalización de los expedientes judiciales; por lo que, en el área laboral, resulta necesario dejar sin efecto lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 166-2016-CE-PJ, respecto a la no digitalización de documentos, con la finalidad de implementar correctamente el Expediente Judicial Electrónico en los Distritos Judiciales que aplican la Nueva Ley procesal del Trabajo, cuando corresponda.

Tercero. Que evaluada la petición formulada, resulta pertinente precisar que en cumplimiento al Eje Estratégico...

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