RESOLUCION, Nº 0173-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo que rechazó la solicitud de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Tacabamba, provincia de Chota, departamento de Cajamarca-RESOLUCION-Nº 0173-2017-JNE

Fecha de publicación14 Junio 2017
Fecha de disposición14 Junio 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

Expediente Nº J-2017-00055-A01

TACABAMBA - CHOTA - CAJAMARCA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiséis de abril de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Víctor Raúl Herrera Vásquez contra el acuerdo arribado en la sesión extraordinaria realizada el 13 de enero de 2017, que rechazó la solicitud de vacancia que presentó contra Edilberto Martínez Saldaña, regidor del Concejo Distrital de Tacabamba, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, por la causal establecida en el artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

De la solicitud de vacancia

El 30 de diciembre de 2016, Víctor Raúl Herrera Vásquez solicitó ante la Municipalidad Distrital de Tacabamba la vacancia del regidor Edilberto Martínez Saldaña, por considerar que infringió lo establecido en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), relativa al ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos.

Los argumentos en los cuales se sustenta la solicitud son los siguientes:

  1. Conforme acredita con las Cartas Nº 002-2016-MDT/A y Nº 001-2016-MDT/A, ambas del 5 de diciembre de 2016 (fojas 14 y 15), los exservidores Salatiel Tarrillo Sánchez, responsable de la Oficina de Registro Civil, y Oimer Delgado Delgado, responsable de la Oficina de Defensa Civil, fueron objeto de agradecimiento por los servicios prestados a la municipalidad, dándose por concluida su relación laboral.

  2. Sin embargo, pese a haber sido notificados con las cartas citadas, el regidor Edilberto Martínez Saldaña toma parte del debate en la sesión extraordinaria realizada el 7 de diciembre de 2016, e imponiéndose como si fuera una autoridad administrativa, deja de lado el contenido de las cartas ya emitidas y notificadas, dando lugar a que esos exservidores permanezcan ilegalmente en sus cargos, cometiendo delito de usurpación de funciones.

Descargos de la autoridad cuestionada

Convocada la sesión extraordinaria para el 13 de enero de 2017, el abogado defensor del regidor Edilberto Martínez Saldaña hace uso de la palabra, señalando que el pedido de vacancia no se encuentra debidamente fundamentado ni probado con los medios pertinentes. Agrega que a la sesión extraordinaria (del 7 de diciembre de 2016) asistieron los miembros del concejo a tratar un punto de la agenda (precisamente sobre las cartas cursadas a los servidores), por lo que la...

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