RESOLUCION, Nº 2252-2017, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan a Financiera Credinka S.A. el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Apurímac y Cusco-RESOLUCION-Nº 2252-2017

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2017

Lima, 2 de junio de 2017

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el cierre de tres oficinas especiales, dos de ellas ubicadas en el departamento de Cusco y una, en el departamento de Apurímac; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 4883-2015 de fecha 27.08.2015, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de las tres oficinas especiales señaladas;

Que, en sesión de Directorio de fecha 23.05.2017 se acordó el cierre de las referidas oficinas especiales;

Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el cierre de las respectivas oficinas;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado...

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