LEY, Nº 30572, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que declara el 2 de junio de cada año Día del Prócer José Faustino Sánchez Carrión, Benemérito de la Patria y Forjador de la República del Perú-LEY-Nº 30572

Fecha de publicación31 Mayo 2017
Fecha de disposición31 Mayo 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo

LEY Nº 30572

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA EL 2 DE JUNIO

DE CADA AÑO DÍA DEL PRÓCER

JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN, BENEMÉRITO DE LA PATRIA Y FORJADOR

DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Artículo 1 Objeto de la Ley

Declárase el 2 de junio de cada año Día del Prócer José Faustino Sánchez Carrión, Benemérito de la Patria y Forjador de la República del Perú.

Artículo 2 Acciones para la difusión y celebración

El Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura y el Congreso de la República, de acuerdo a sus competencias y funciones, dispone las acciones pertinentes para la difusión y celebración de la obra y pensamiento de José Faustino Sánchez Carrión.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de mayo de dos mil diecisiete.

LUZ SALGADO RUBIANES

Presidenta del Congreso de la República

ROSA BARTRA BARRIGA

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días...

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