DECRETO SUPREMO, Nº 005-2017-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2017-MINCETUR
Fecha de disposición | 11 Mayo 2017 |
Fecha de publicación | 11 Mayo 2017 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1329, se crea el Fondo “Turismo Emprende”, cuyo objetivo es promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplen aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico, a través del financiamiento y/o cofinanciamiento de dichos emprendimientos turísticos para promover la diversificación de la oferta turística del país;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1329, dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, se apruebe el Reglamento del referido Decreto Legislativo en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación;
Que, mediante Ley N° 30547, Ley que incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo 1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo Turismo Emprende, se establece que toda menciona a la expresión “Fondo” hace referencia a “Programa”;
Que, considerando lo expuesto, resulta necesario aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo “Turismo Emprende” y la Ley N° 30547, Ley que incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo Turismo Emprende;
DECRETA:
Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa “Turismo Emprende”, el cual consta de cinco (05) capítulos, veintiún (21) artículos y una (01) Disposición Complementaria Final, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1, son publicados en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe).
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
Eduardo Ferreyros Küppers
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
La presente norma tiene por objetivo establecer las disposiciones reglamentarias para la implementación y el funcionamiento del Programa “Turismo Emprende” (en adelante el Programa), creado mediante Decreto Legislativo N° 1329, con el fin de promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico.
El presente Reglamento es de aplicación a los órganos que gestionan el Programa, así como a las personas naturales y personas jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas vinculadas a la actividad turística, que participan y son beneficiarias del Programa.
El Programa tiene como finalidad promover la diversificación de la oferta turística en el Perú, en concordancia con el Pilar 2 “Diversificación y consolidación de la oferta turística”, del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, actualizado mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR.
La operación y ejecución del Programa se rige por los siguientes principios:
4.1 Enfoque de demanda: El Programa busca priorizar áreas geográficas en base a propuestas orientadas a satisfacer una demanda turística actual o potencial identificada.
4.2 Imparcialidad: Las propuestas de emprendimiento son evaluadas en estricta aplicación del Reglamento y Bases del concurso, así como en atención a los criterios técnicos que permitan determinar objetivamente el tratamiento equitativo a los participantes.
4.3 Pluralidad: El Programa busca crear mecanismos que faciliten la participación de la mayor cantidad de personas naturales y jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas.
4.4 Sustentabilidad: Las propuestas de emprendimiento deben fomentar el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales y culturales.
Para efectos del presente Reglamento debe entenderse por:
5.1 Beneficiarios: Personas naturales y jurídicas, ganadores del concurso, que firman un Convenio de Financiamiento y/o Cofinanciamiento con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, luego de haber participado en la convocatoria y ser...
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