DECRETO SUPREMO, Nº 008-2017-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2017-PRODUCE-DECRETO SUPREMO-Nº 008-2017-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo N° 005-2017-PRODUCE se aprueba el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, en adelante Reglamento, con el objeto de: i) Establecer las normas de ordenamiento pesquero del recurso anchoveta para su aprovechamiento sostenible orientado al consumo humano directo, en concordancia con lo establecido en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, en la normativa sanitaria y en los principios y disposiciones del Código de Conducta para la Pesca Responsable aprobado por la Organización de la Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación; y, ii) Contribuir al desarrollo de la industria para el consumo humano directo procurando garantizar el abastecimiento sostenible del recurso y el desarrollo de la pesca como fuente de alimentación, empleo e ingresos;

Que, es necesario modificar el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento a efectos que el Ministerio de la Producción previo informe del IMARPE, pueda ampliar con carácter temporal, la realización de actividades extractivas del recurso anchoveta, en el marco de un manejo adaptativo, a fin de coadyuvar al aprovechamiento sostenible del recurso Anchoveta con destino al consumo humano directo;

Que, con el objeto de facilitar la implementación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, es necesario complementar las condiciones para el otorgamiento del permiso de pesca de menor escala, en el marco de la normatividad vigente sobre la materia;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; el Decreto Legislativo N° 1047; y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;

DECRETA:

Artículo 1 Modificación del numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo.

Modificar el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para...

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