DECRETO SUPREMO, Nº 013-2017-EM, PODER EJECUTIVO, ENERGIA Y MINAS - Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 131-DECRETO SUPREMO-Nº 013-2017-EM

EmisorENERGIA Y MINAS
Fecha de la disposición26 de Abril de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2007-EM, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 131, ubicado entre las provincias de Coronel Portillo y Padre Abad del departamento de Ucayali, Puerto Inca del departamento de Huánuco, y Oxapampa del departamento de Pasco, suscrito entre PERUPETRO S.A. y PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERÚ), SUCURSAL DEL PERÚ;

Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; agrega que, las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el artículo 11 del Texto Único Ordenado;

Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o jurídicas que lo conformen, podrá ceder su posición contractual o asociarse con terceros, previa aprobación por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas; asimismo, dicho artículo señala que estas cesiones conllevarán el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantías y obligaciones otorgadas y asumidas en el Contrato por el Contratista;

Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2008-EM, se aprobó la Cesión de Posición Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 131 por parte de PAN ANDEAN RESOURCES PLC (PERÚ), SUCURSAL DEL PERÚ, por el setenta por ciento (70%) de su participación en el citado Contrato a favor de CEPSA PERÚ S.A., SUCURSAL DEL PERÚ, así como la modificación del citado contrato derivada de la referida cesión;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio N°...

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