DECRETO SUPREMO, Nº 012-2017-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Decreto Supremo que Reglamenta la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017-DECRETO SUPREMO-Nº 012-2017-IN

EmisorINTERIOR
Fecha de la disposición26 de Abril de 2017

El Presidente de la República

Considerando:

Que, mediante la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se crea el Fondo de Invalidez y Protección del Bombero Voluntario del Perú, con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio del Interior;

Que, el Fondo creado tiene por finalidad el otorgamiento de una subvención única a los bomberos pertenecientes al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, o sus sobrevivientes, en caso de invalidez permanente o fallecimiento en actos de servicio;

Que, la mencionada disposición señala que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior se dictan las disposiciones reglamentarias respectivas, incluyendo lo concerniente al monto, características y condiciones de la subvención referida;

Que el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dispone que los bomberos activos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú tienen derecho a la subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección del Bombero Voluntario del Perú conforme a lo previsto en la citada Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518;

Que, es necesario dictar las disposiciones reglamentarias correspondientes;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Decreto Legislativo N° 1260, Decreto Legislativo que fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Supremo N° 004-2017-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

DECRETA:

Artículo 1 Subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú

1.1. La Subvención Única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú creada por la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, en adelante la Subvención Única, es otorgada por una sola vez a favor de los bomberos del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP - o sus sobrevivientes, en caso de invalidez permanente o fallecimiento en acto de servicio, e independientemente de cualquier otro beneficio.

1.2. Son...

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