DECRETO DE ALCALDIA, Nº 001-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Aprueban los Formatos "Notificación Preventiva" y "Resolución de Sanción"-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 001-MDPH

EmisorMUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Fecha de la disposición23 de Abril de 2017

Aprueban los Formatos “Notificación Preventiva” y “Resolución de Sanción”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 001-MDPH

Punta Hermosa, 6 de marzo de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA

HERMOSA

VISTO:

El Informe Nº 033-2017—MDPH/UFA de fecha 16 de febrero de 2017, emitido por el Jefe de la Unidad de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 015-2017-GAJ/MDPH de fecha 02 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, Modificada por la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Locales tienen de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es ratificado por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, conforme a lo establecido por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 312-MDPH, que aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta Hermosa, por Decreto de Alcaldía se aprobarán los formatos de notificaciones de inicio del Procedimiento Sancionador, Resolución de Multa administrativa y otros que sean necesarios para su aplicación;

Que, mediante Informe Nº 033-2017-MDPH/UFA, la Jefatura de la Unidad de Fiscalización Administrativa, remite los formatos 01 y 02 de Notificación Preventiva y de Resolución de Sanción, para su aprobación respectiva;

Que, los instrumentos propuestos, contienen los requisitos previstos para su validez, en los artículos 17º y 20º de la Ordenanza en comento;

Que, mediante Informe Nº 015-2017-GAJ/MDPH, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de su aprobación;

Que, el tercer párrafo del artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno mediante Decreto de Alcaldía;

Que, el artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de...

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