Resolución nº 640-2017/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 31 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2017
EmisorDirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías
Número de expediente002399-2014/DIN

DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 002399-2014/DIN

RESOLUCIÓN Nº 000640-2017/DIN-INDECOPI Lima, 31 de marzo de 2017 Modelo de utilidad: Abandono por no cumplir con pedir que se efectúe el pago por examen de fondo

Mediante expediente Nº 002399-2014/DIN, iniciado el 02 de diciembre de 2014, BRAY MARIOEL ACHTAR VELEZ de Perú, solicita la patente de modelo de utilidad para “NUEVO TIPO DE PISO DENOMINADO PISO FACIL, DE CONCRETO VIBRADO O ARCILLA”. 1. Legislación pertinente El artículo 85 de la Decisión 486 establece que son aplicables a las patentes de modelo de utilidad, las disposiciones sobre patentes de invención contenidas en la Decisión en lo que fuere pertinente, salvo en lo dispuesto con relación a los plazos de tramitación, los cuales se reducirán a la mitad. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo establecido en el artículo 40 quedará reducido a doce meses. El artículo 44 de la Decisión 486 señala que dentro del plazo de tres meses contados desde la publicación de la solicitud de patente de modelo de utilidad, independientemente que se hubieren presentado oposiciones, el solicitante deberá pedir que se examine si la invención es patentable. Los Países Miembros podrán cobrar una tasa para la realización de este examen. Si transcurriera dicho plazo sin que el solicitante hubiera pedido que se realice el examen, la solicitud caerá en abandono. 2. Análisis de lo actuado

Con fecha 25 de agosto de 2016, se efectuó la publicación de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano, por lo que en aplicación de lo establecido en el artículo 44 de la Decisión 486 por remisión del artículo 85 de la Decisión mencionada, el solicitante tenía hasta el 25 de noviembre de 2016 para pedir que se efectúe el examen de fondo de la solicitud. En el presente caso, habiendo transcurrido el plazo de tres meses contado a partir de la publicación en el Diario Oficial El Peruano...

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