ORDENANZA, Nº 000001, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO - Ordenanza Regional que ratifica “El Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao - 2017”-ORDENANZA-Nº 000001

Fecha de disposición16 Abril 2017
Fecha de publicación16 Abril 2017
SecciónSección Única

Ordenanza Regional que ratifica “El Plan Regional de Seguridad Ciudadana de la Provincia Constitucional del Callao - 2017”

Ordenanza Regional

Nº 000001

Callao, 28 de marzo del 2017

VISTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en sesión del 28 de marzo del 2017;

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV DEL Título IV SOBER Descentralización-Ley Nº 27680; LA Ley de Bases de la DescentralizaciónLey Nº 27783; LA Ley Orgánica de Gobierno Regionales-Ley Nº 27867, sus modificatorias –Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº29053, y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su Artículo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin de supremo de la sociedad y del Estado, y en su Artículo 2º inciso1, consagra derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar. Asimismo en el Artículo 191º señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional”, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional”, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que el Artículo 5º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales citada en líneas precedentes, establece que la misión de de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región...

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