RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 261-2017-P-CSJLI/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Convocan a abogados para que se integren a la Relación de Abogados aptos para desempeñarse como Jueces Supernumerarios del Distrito Judicial de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 261-2017-P-CSJLI/PJ

Fecha de disposición12 Abril 2017
Fecha de publicación13 Abril 2017
SecciónSección Única

Lima, 12 de abril de 2017

VISTOS:

La Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ de fecha 17 de febrero del 2011, Resolución Administrativa N° 121-2016-CE-PJ de fecha 18 de mayo del 2016.

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, de fecha 17 de febrero de 2011, se aprobó con carácter excepcional y transitorio, las medidas que permitan cubrir temporalmente las plazas que aún no han podido ser ocupadas por magistrados titulares o provisionales o por Jueces Supernumerarios en la forma establecida en el artículo 239° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, o de manera supletoria por la Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ de fecha 03 de agosto de 2009 que creó los Registros Distritales Transitorios de Jueces Supernumerarios.

Que, mediante Resolución Administrativa N° 121-2016-CE-PJ de fecha 18 de mayo de 2016, se dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, deberán mantener los Registros Transitorios de Jueces Supernumerarios debidamente actualizados, y efectuar las convocatorias respectivas, según la necesidad del servicio.

Que, siendo necesidad de esta Corte Superior contar con Jueces Supernumerarios en número suficiente, para cubrir las plazas vacantes de Jueces Titulares y las generadas por licencias, vacaciones o ausencias prolongadas de éstos, resulta razonable proceder conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Administrativas de vistos y convocar por ello a abogados para que se integren a la Relación de Abogados aptos para desempeñarse como Jueces Supernumerarios del Distrito Judicial de Lima.

Que, los requisitos y demás asuntos específicos de la convocatoria objeto de esta resolución, serán publicados en la página web, en el correo institucional group wise y en las redes oficiales de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Que estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3° y 9° del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS

SE RESUELVE:

Articulo Primero

CONVOCAR a los señores abogados para que, previa...

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