RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 200-2017/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Delegan facultades al/a Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos durante el Año Fiscal 2017-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 200-2017/MINSA

Fecha de disposición29 Marzo 2017
Fecha de publicación31 Marzo 2017
SecciónSección Única

Lima, 29 de marzo del 2017

Visto, el Expediente N° 17-007100-001 que contiene la Nota Informativa N° 037-2017- OGRH/MINSA de la Oficina General de Recursos Humanos (actualmente Oficina General de Gestión de Recursos Humanos); y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, estableciéndose en el literal e) del artículo 10, que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector, teniendo entre otras funciones, ejercer las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, el artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2017-SA señala que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, encargado de gestionar los procesos de los Subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos dirigidos al personal que labora en los órganos de administración interna y de línea del Ministerio de Salud. Asimismo está encargado de proponer y gestionar el monitoreo de los Subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos desarrollados por los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud;

Que, el literal p) del artículo 7 del Reglamento anteriormente referido dispone que el/la Ministro/a de Salud puede delegar facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, estableciendo en el artículo 15 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, que...

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