RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 1516-2017-MTC/15, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Prorrogan restricción de acceso de vehículos en la Ruta Nacional PE-22 - Carretera Central-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 1516-2017-MTC/15
Fecha de disposición | 28 Marzo 2017 |
Fecha de publicación | 29 Marzo 2017 |
Lima, 28 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante la Ley, prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el artículo 16 de la Ley, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;
Que, el Reglamento de Jerarquización Vial aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, en adelante el Reglamento, tiene por objeto: i) establecer los criterios de clasificación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas en función de los roles que establece; ii) establecer los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido;
Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento, señala que el MTC es la autoridad competente para la aplicación del Reglamento respecto a la Red Vial Nacional a su cargo;
Que, el artículo 18 del Reglamento, dispone que son áreas o vías de acceso restringido aquellas áreas o vías en las que se requiere aislar externalidades negativas generadas por las actividades relacionadas con el transporte y tránsito terrestre; y, establece que corresponde a las autoridades competentes imponer las restricciones de acceso al tránsito y/o transporte en este tipo de áreas o vías, que pueden ser aplicadas en forma permanente, temporal o periódica;
Que, el artículo 19 del Reglamento, señala cuáles son los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido por parte de la autoridad competente, estableciendo, entre otros, la ejecución de obras en vías y áreas colapsadas y el inminente peligro de desastre natural;
Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo 016-2009-MTC, en adelante TUO de Tránsito, establece las normas que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehículos y animales, y las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se...
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