RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 172-2017/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Suspenden durante el año 2017, el requisito señalado en el literal g) del artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, aprobado por D.S. Nº 005-97-SA.-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 172-2017/MINSA

EmisorSALUD
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2017

Lima, 17 de marzo del 2017

Visto, el Expediente Nº 17-023415-001, que contiene el Informe Nº 008-2017-DIPLAN-DIGEP/MINSA, con Proveído Nº 006-2017-DG-DIGEP/MINSA, de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es ámbito de su competencia los Recursos Humanos en Salud; siendo una de sus funciones rectoras, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, establece que el SERUMS será prestado por los profesionales de las ciencias de la salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo este servicio requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento;

Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA, y sus modificatorias, regula los requisitos que los profesionales de la salud deben cumplir para realizar el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud – SERUMS;

Que, el literal g) del artículo 23 del citado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR