ORDENANZA, Nº 455-MDSR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA - Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017-ORDENANZA-Nº 455-MDSR

Fecha de disposición28 Febrero 2017
Fecha de publicación28 Febrero 2017

Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2017

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 455-MDSR

Santa Rosa, 23 de febrero del 2017

Dado en el Palacio Municipal, el Concejo Distrital de Santa Rosa

En uso de sus atribuciones que por ley son propias de su investidura y;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de la fecha, 22 de febrero del 2017, el Informe Nº 06-2017-GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº021-2017-GAJ/MDSR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y con los artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran de tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tiene rango de Ley, conforme al Artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú;

Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único de Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto supremo Nº 133-2013- EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, asimismo en su artículo 41º sobre condonación, precisa que excepcionalmente, los gobiernos podrán condonar, con respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo;

En mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad de Santa Rosa, emitió la Ordenanza Nº450-2016/MDSR-CDB, que aprueba los arbitrios Municipales de Limpieza, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2017, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 427-2016-MML.

Que, asimismo el Artículo 15º del ya citado TUO de la Ley de Tributación Municipal, establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año; b) En forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales. En este caso la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto...

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