RESOLUCION, Nº 043-2017/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 182-2008/SUNAT y normas modificatorias a fin de generalizar la emisión y otorgamiento de los recibos por honorarios a través de medios electrónicos-RESOLUCION-Nº 043-2017/SUNAT

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2017

Lima, 14 de febrero de 2017

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° del Decreto Ley N° 25632 y normas modificatorias establece que la SUNAT señalará, entre otros, la determinación de los sujetos que deberán o podrán utilizar la emisión electrónica;

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT se aprobó el Sistema de Emisión Electrónica desarrollado por la SUNAT que permite la emisión de recibos por honorarios electrónicos y notas de crédito electrónicas, la generación del libro de ingresos y gastos electrónico, así como su almacenamiento, archivo y conservación por la SUNAT (Sistema);

Que la incorporación al Sistema se ha venido realizando de manera gradual, conforme lo disponen las Resoluciones de Superintendencia N°s. 374-2013/SUNAT y 287-2014/SUNAT;

Que, a efectos de facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y optimizar su control, es conveniente que se generalice el uso de comprobantes de pago electrónicos, para lo cual se establece que tiene la calidad de emisor electrónico aquel sujeto perceptor de rentas de cuarta categoría del impuesto a la renta que deba emitir recibos por honorarios de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT, y desde la oportunidad en que se encuentren obligados a emitir dichos comprobantes de pago;

Que, por su parte, a través del Decreto Legislativo N.° 1258 se modifica el penúltimo párrafo del artículo 65° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias, a fin de eliminar la obligación para los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría de llevar un Libro de Ingresos y Gastos; por tal razón, es necesario derogar las disposiciones de la resolución que regulan el mencionado libro;

Que en tal sentido, resulta necesario modificar la Resolución de Superintendencia N° 182-2008/SUNAT y normas modificatorias para adecuarlo a lo señalado en el considerando precedente;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley N° 25632 y de conformidad con el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y...

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