SEPARATA ESPECIAL.RES. Nº 016-2017-CD/OSIPTEL, RES. Nº 0004 0002-2016-TRASU/PAS/OSIPTEL.Procedimiento sancionador seguido contra América Móvil Perú S.A.C. por la comisión de infracción tipificada en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 016-2017-CD/OSIPTEL EXPEDIENTE : 00006-2015/TRASU/ST/PAS MATERIA : Recurso de Apelación contra la Resolución Nº 00004-2016-TRASU/PAS/OSIPTEL ADMINISTRADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C. Resolución d... -

Fecha de publicación10 Febrero 2017
Fecha de disposición10 Febrero 2017
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 016-2017-CD/OSIPTEL
EXPEDIENTE : 00006-2015/TRASU/ST/PAS
MATERIA : Recurso de Apelación contra la Resolución Nº
00004-2016-TRASU/PAS/OSIPTEL
ADMINISTRADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C.
Resolución del Tribunal Administrativo de Solución
de Reclamos de Usuarios Nº 0004-2016-TRASU-PAS/OSIPTEL
MATERIA : Recurso de Reconsideración contra la
Resolución Nº 0002-2016-TRASU/PAS/
OSIPTEL
ADMINISTRADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C.
Resolución del Tribunal Administrativo de Solución
de Reclamos de Usuarios Nº 0002-2016-TRASU-PAS/OSIPTEL
MATERIA : Presunta comisión de la infracción tipif‌i cada
como leve en el artículo 13º del Reglamento de
Fiscalización, Infracciones y Sanciones.
ADMINISTRADO : AMÉRICA MÓVIL PERÚ S.A.C.
Viernes 10 de febrero de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
De conformidad con la Resolución N° 095-2015-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones dispone el tachado de la información sobre datos personales contenidos en las resoluciones
de la presente publicación, a f‌i n de garantizar la protección de Datos Personales en el marco de un procedimiento
administrativo sancionador.
Viernes 10 de febrero de 2017 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 016-2017-CD/OSIPTEL
Lima, 02 de febrero de 2017.
EXPEDIENTE Nº : 00006-2015/TRASU/ST-PAS
MATERIA : Recurso de Apelación contra la Resolución Nº 00004-2016-TRASU/PAS/ OSIPTEL
ADMINISTRADO : AMERICA MOVIL PERU S.A.C.
VISTOS:
(i) El Recurso de Apelación presentado por AMERICA MOVIL PERU S.A.C. (en adelante AMERICA MOVIL) contra
la Resolución Nº 00004-2016-TRASU/PAS/OSIPTEL (en adelante, Resolución Apelada), emitida por el Tribunal
Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios – TRASU que conf‌i rmó la Resolución Nº 00002-2016-TRASU/
PAS/OSIPTEL del mismo Tribunal, que le impuso una multa de cincuenta y uno (51) Unidades Impositivas
Tributarias (UIT) por haber cometido la infracción grave tipif‌i cada en el artículo 13º del Reglamento de Fiscalización,
Infracciones y Sanciones (en adelante, RFIS)1.
(ii) El Informe Nº 00020-GAL/2017 del 27 de enero de 2017, de la Gerencia de Asesoría Legal, que adjunta el proyecto
de Resolución del Consejo Directivo que resuelve el Recurso de Apelación presentado por AMERICA MOVIL, y
(iii) El Expediente Nº 0006-2015/TRASU/ST-PAS.
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES:
1.1. Mediante Carta Nº 181-STTRASU/2015, notif‌i cada el 18 de diciembre de 2015, la Secretaría Técnica del Tribunal
Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (en adelante, ST-TRASU), comunicó a AMERICA MOVIL
el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, PAS) por presunto incumplimiento de las
resoluciones emitidas por el TRASU en los siguientes expedientes:
Nº de Expediente Materia En adelante:
09163-2014/TRASU/ST-RA. Suspensión o corte de servicio Caso Nº 1
15225-2014/TRASU/ST-RA. Calidad e Idoneidad del servicio Caso Nº 2
06557-2014/TRASU/ST-RA Calidad e idoneidad del servicio Archivado2
00038-2014/TRASU/ST-RA Facturación Caso Nº 3
1.2. El 12 de enero de 2016, AMERICA MOVIL presentó sus descargos señalando que los hechos materia de imputación
no reunían mérito suf‌i ciente para la imposición de una sanción administrativa en su contra, solicitando archivar el
PAS. Con fecha 17 de mayo de 2016, amplió sus descargos señalando haber dado cumplimiento a cada una de
las resoluciones emitidas por el TRASU.
1.3. Mediante Resolución Nº 0002-2016-TRASU-PAS/OSIPTEL del 22 de setiembre de 2016 (en adelante, Resolución
de Sanción) se resuelve sancionar a AMERICA MOVIL, con una multa de cincuenta y uno (51) UIT por la comisión
de la infracción tipif‌i cada como grave en el artículo 13º del RFIS, referida al incumplimiento de tres (3) resoluciones
emitidas por el TRASU3.
1.4. Con fecha 20 de octubre de 2016 AMERICA MOVIL, presentó Recurso de Reconsideración contra la Resolución
de Sanción, solicitando que se revoque lo resuelto y se declare que no corresponde imponerle sanción alguna,
alegando haber dado cumplimiento a las Resoluciones del TRASU.
Mediante escrito del 23 de noviembre de 2016, AMERICA MOVIL, amplió los argumentos expuestos en su
Recurso de Reconsideración, señalando que los tres casos que sustentan el PAS debieron formar parte de un
procedimiento anterior tramitado con expediente Nº 00003-2014-TRASU/PAS, en el cual se le sancionó con 51 UIT
por el incumplimiento de resoluciones emitidas por el TRASU durante el año 2014 (en adelante, PAS anterior).
1.5. Mediante Resolución Nº 0004-2016-TRASU-PAS/OSIPTEL notif‌i cada el 30 de noviembre de 2016, el TRASU
declaró infundado el Recurso de Reconsideración.
1.6. Con fecha 22 de diciembre de 2016, AMERICA MOVIL presentó Recurso de Apelación, peticionando se revoque
la resolución apelada y se deje sin efecto la multa impuesta, bajo los siguientes argumentos:
(i) Violación al Principio del Debido Procedimiento, y a su derecho de defensa; debido a la falta de un informe
de instrucción.
1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 087-2013-CD/OSIPTEL.
2 Este caso fue archivado en la Resolución que impuso la sanción impugnada.
3 La citada Resolución de sanción, se sustentó en el Informe Nº 00015-TRASU/C.PAS/2016, en el cual la ST-TRASU, analizó los descargos formulados por
AMERICA MOVIL y multar a AMERICA MOVIL por tres casos y recomendó dar por concluido el PAS respecto a un caso.

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