ORDENANZA, Nº 494-MDR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DEL RIMAC - Ordenanza que regula las actividades de carga, descarga, traslado de mercadería y estacionamiento vehicular en la zona de Caquetá-ORDENANZA-Nº 494-MDR
Fecha de publicación | 14 Enero 2017 |
Fecha de disposición | 14 Enero 2017 |
Ordenanza que regula las actividades de carga, descarga, traslado de mercadería y estacionamiento vehicular en la zona de Caquetá
ORDENANZA Nº 494-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC.
POR CUANTO:
VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2016;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que el numeral 3.1 del inciso 3 del artículo 83° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, “Controlar el cumplimiento de las normas de higiene del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales.”
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 18° del Decreto Supremo 017-2007-MTC Reglamento de Jerarquización Vial señala que son áreas o vías de acceso restringido aquellas en las que se requiere aislar externalidades negativas generadas por las actividades relacionadas con el transporte y tránsito terrestre; así mismo dicho dispositivo señala que corresponde a las autoridades competentes imponer las restricciones de acceso de tránsito y/o transporte que pueden ser aplicadas en forma permanente, temporal o periódica; y es el artículo 19° del mismo cuerpo normativo el que señala los criterios para la declaración de restricciones, entre los que se encuentran la congestión de vías, tipo de vehículo, restricciones por características técnicas de la vía, de seguridad y de estacionamiento entre otras, resultando competente para ello el Gobierno Local conforme lo señala el inciso c. del artículo 6° del Decreto Supremo 017-2007-MTC;
Que, por tanto es función de las municipalidades velar por el uso adecuado de la vía pública así como establecer las disposiciones, limitaciones y prohibiciones para el ejercicio de las actividades económicas y comerciales en armonía con los intereses de los vecinos y el ornato del distrito;
Que, la Municipalidad Distrital del Rímac mediante Ordenanza N° 338-2013-MDR de fecha 30 de agosto de 2013 y sus modificatorias Ordenanza N° 370-2014-MDR, Ordenanza 399-2014-MDR y Ordenanza 461-2015-MDR, “Establece las disposiciones relativas a las acciones...
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