RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 003-2017-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen la distribución de causas que serán de conocimiento de la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 003-2017-CE-PJ

Fecha de disposición06 Enero 2017
Fecha de publicación11 Enero 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 6 de enero de 2017

VISTO:

El Oficio N° 8854-2016-SG-CS-PJ, cursado por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, remitiendo la Resolución Administrativa de Sala Plena N° 026-2016-SP-CS-PJ, de fecha 29 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 343-2016-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2016, dispuso, entre otras medidas, la creación de la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, con la finalidad de coadyuvar en la descarga procesal.

Segundo. Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República por Resolución Administrativa N° 026-2016-SP-CS-PJ, del 29 de diciembre de 2016, delegó en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la facultad de redistribuir expedientes de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente del Supremo Tribunal.

Tercero. Que, por lo tanto, a efectos de lograr una efectiva descarga procesal, de acuerdo a la facultad delegada, resulta pertinente disponer la distribución de causas que serán de conocimiento de la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Cuarto. Que conforme a lo previsto en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, este Órgano de Gobierno en uso de sus funciones y atribuciones debe adoptar acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N°...

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