RESOLUCION, Nº 232-2016-INDECOPI/COD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Aprueban desactivación de la Oficina Local (OLI) del INDECOPI de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-Nº 232-2016-INDECOPI/COD
Emisor | INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL |
Fecha de la disposición | 30 de Diciembre de 2016 |
Lima, 30 de diciembre de 2016
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 61º de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se deriven;
Que, el numeral 2 del artículo 61º de la Ley Nº 27444, dispone que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, conforme a lo establecido en el literal j) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y los literales j) y k) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, la facultad que tiene el Consejo Directivo para determinar la forma en que se cumplirá con desarrollar las funciones resolutivas de la Institución comprende la organización de los órganos resolutivos que concretamente desarrollan dicha labor, siendo parte de esta facultad no solo el crear una oficina, sino también desactivarla cuando las necesidades del servicio los justifican;
Que, mediante Acuerdo N° 069-2009/COD de fecha 8 de julio de 2009, se aprobó la apertura de la Oficina Local (OLI) del Indecopi de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante el Informe Nº 0040-2016/GOR de fecha 4 de noviembre de 2016, la Gerencia de Oficinas Regionales (GOR) propone la desactivación de OLI San Juan de Lurigancho y la creación de una oficina en el Centro de Mejor Atención al Ciudadano (MAC)Lima Este por las siguientes razones: (i) Tener solo una sola oficina en la zona de Lima Este; y, (ii) Poder cumplir con el “Convenio de Cooperación Interinstitucional Centro Mejor Atención al Ciudadano” del 26 de julio de 2016 suscrito con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través del cual la...
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