ORDENANZA, Nº 010-2016-GR.LAMB/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE - Modifican el TUPA del Gobierno Regional de Lambayeque-ORDENANZA-Nº 010-2016-GR.LAMB/CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016

Chiclayo, 12 de diciembre de 2016

El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque;

POR CUANTO:

El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 02 de noviembre del 2016, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2° de La Ley Nº27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales son; “Personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”, concordante con el Art. 191 de la Constitución Política del Perú modificada por el artículo Único de la Ley 28607 donde señala que; “Los gobiernos regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; y en su inc. 2) del artículo 9 de la Ley N° 27783 prescribe la Autonomía Administrativa como; “La facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad”; es decir el Gobierno Regional cuentan con la facultad para poder organizarse y además reglamentar su estructura interna que le permita el adecuado funcionamiento en su jurisdicción.

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, regula que el Consejo Regional “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional”, tiene entre otras atribuciones, las especificadas en el artículo 4° del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005 – 2011-GR.LAMB/CR de fecha 21 de Enero del 2011, que establece; “La función normativa o legislativa del Consejo Regional se ejerce mediante la aprobación, modificación, interpretación o derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento. Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 15 precisa que son atribuciones del Consejo...

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