ACUERDO, Nº 081-2016-MPH-CM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL - Ratifican la Ordenanza Nº 023-2016-MDCH de la Municipalidad distrital de Chancay, que establece los arbitrios de limpieza pública, parques y áreas verdes y serenazgo para el ejercicio 2017-ACUERDO-Nº 081-2016-MPH-CM

Fecha de publicación30 Diciembre 2016
Fecha de disposición16 Diciembre 2016

Huaral, 16 de diciembre de 2016

EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el expediente sobre el pedido de Ratificación de la Ordenanza N° 023-2016-MDCH/A, que Establece los Arbitrios de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Áreas Verdes y Serenazgo para el Ejercicio 2017; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 30305, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos Promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el tercer párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone lo siguiente: “Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para vigencia”.

Que, de acuerdo a la Sentencia del Tribunal Fiscal, recaída en el expediente N° 0053-2004-PI/TC, en su punto VII Fundamentos de Constitucionalidad Formal, en su literal B. El bloque de la constitucionalidad como parámetro de control de la producción normativa municipal, establece: “que no resulta contrario ni a la garantía institucional de la autonomía municipal, ni...

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